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Acreencias bancarias: consulta y resuelve tus dudas aquí

La SBIF recopiló las preguntas más frecuentes que han recibido sobre la acreencias bancarias sujetas a caducidad, cuyo listado actualizó esta semana. Acá puedes revisarlas y aclarar las tuyas.

24horas.cl Tvn

Viernes 24 de mayo de 2013

>> PUBLICAN LISTADO DE ACREENCIAS BANCARIAS 2014. CLIC AQUÍ

Por teléfono, por la página web o vía Twitter (@clientebancario) la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) ha recibido numerosas preguntas sobre acreencias bancarias sujetas a caducidad y los pasos para cobrarlas, desde que el ente publicó su lista actualizada a 2013 el pasado miércoles.

Según la misma superintendencia, en el último par de días las preguntas se concentraron a través de redes sociales y pasaron de responder de 5 a 6 preguntas diarias a unas ochenta.

Las dudas más comunes de las personas se refieren a cómo saber si tienen acreencias bancarias a su nombre, cómo saber si efectivamente corresponden al RUT de la persona, cuáles son los pasos para rescatarlas y qué hacer cuando el beneficiario ya está fallecido.

El interés de las personas también se ha manifestado en el número de consultas hechas en el buscador que la SBIF habilitó en Internet, el que ha llegado a recibir más de mil solicitudes de datos por minuto en el último par de días, con un peak de 165 mil conexiones simultáneas. Eso ha hecho que el sistema experimente lentitud en el tiempo de respuesta, por lo que la SBIF pide paciencia a los usuarios.

Para resolver las dudas, el sitio web de la SBIF recogió las preguntas más frecuentes que le llegan sobre el tema para auto-consulta. Acá las reproducimos con sus respectivas respuestas:

-¿Qué son las acreencias?

Son distintas sumas de dinero que se encuentran depositadas en una entidad bancaria cheques, vale vistas, depósitos a plazo o boletas de garantía, sobre las que se tiene derechos para ser cobradas. Se producen en las distintas operaciones que se realizan durante el año y por las que se emiten documentos que se olvidan o simplemente se desconocen que existen.

En esa lista, por ley, se publican montos de más de más de cinco Unidades de Fomento (U.F.). La información sobre acreencias inferiores a ese monto puede consultarse directamente en cada banco.

-¿Cómo se cobra una acreencia bancaria?

Cada titular puede realizar los trámites o puede asesorarse jurídicamente para ello.

La manera más fácil de buscar el dinero es que la persona encuentre el documento que da cuenta del depósito o el vale vista y se acerque a la entidad bancaria para cobrarlo. Además, si el vale vista está nominativo, basta que el titular pase por la ventanilla con su cédula de identidad para recuperar sus fondos.

El rescate se dificulta cuando la persona no tiene un documento . En ese caso se deberá seguir un proceso en tribunales para recuperar el título y hacer exigible el dinero. Allí es posible que se necesiten los servicios de un abogado.

-¿La información que aparece este año en el buscador del SBIF es actualizada?

En marzo los bancos informan sobre el dinero que no se ha cobrado y se publica en el Diario Oficial. Por ende, las acreencias se actualizan una vez cada año e incluyen todos los dineros que llevan dos años sin movimiento.

Si surgen dudas sobre los montos que aparecen porque, por ejemplo, es similar al cobrado en años anteriores sólo es necesario revisar las columnas con los detalles de la acreencia, pues allí aparece el año en que fue emitida y corroborar que corresponde a la fecha actual.

-¿Qué datos es necesario entregar para buscar las acreencias?

Sólo basta con acudir al buscador y poner el primer nombre y apellido.

-¿Cómo sé que me corresponden las acreencias y no son de otras personas que tengan el mismo apellido?

Para verificar los datos cada persona debe acercarse al banco donde aparece la acreencia y consultar más detalles.

-¿Qué se puede hacer cuando el beneficiario ha fallecido?

En esos casos se debe actuar igual que con cualquier otra herencia. De todos modos, cada banco tiene información sobre el trámite específico.

Asimismo, si en los datos aparece la palabra "sucesión" seguida del nombre del beneficiario significa que el dinero corresponde a los herederos del titular.

-¿Qué pasa si no se cobra una acreencia?

Si el dinero no es reclamado dentro de un plazo de tres años, por ley, pasarán íntegramente a las arcas del Fisco.

 

La información sobre acreencias bancarias puede ser revisada en el siguiente formulario de consulta:

CLIENTE BANCARIO

Para despejar más dudas sobre las acreencias bancarias sujetas a caducidad, HAZ CLICK AQUÍ.