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Caso Inverlink: Suprema ordena restituir $400 millones a Corfo

La empresa San Antonio Terminal Internacional deberá pagar por los beneficios obtenidos de manera ilegítima desde la corredora de bolsa Inverlink.

24horas.cl Tvn

Jueves 18 de abril de 2013

En un fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala de la Corte Suprema ordenaron a la empresa San Antonio Terminal Internacional (STI) restituir más de 400 millones de pesos a la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), por los beneficios que obtuvo de manera ilegítima desde la corredora de bolsa Inverlink.

La determinación acogió el recurso de casación presentando en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la cual había establecido la rebaja del monto a restituir por considerar que la Corfo se había expuesto de manera imprudente al daño.

En el documento se señala que "la presente acción no tiene por objeto indemnizar los perjuicios causados a la víctima, puesto que el tercero que recibe el provecho no ha causado el daño (...) únicamente debe reintegrar el valor o beneficio percibido producto del dolo, ello en razón de que repugna al legislador que éste obtenga una utilidad a costa del daño producido por el actuar ilícito de otra persona".

La determinación se adoptó con el voto en contra del ministro Cisternas, quien consideró que se debía acoger un recurso de casación de San Antonio Terminal, el que pretendía declarar la incompetencia del tribunal civil y determinar que el ministro en visita, Patricio Villarroel, debía ordenar restitución.

Al respecto, San Antonio Terminal Internacional envió un comunicado de prensa para referirse al fallo.

San Antonio Terminal Internacional

Comunicado de Prensa - Fallo Corte Suprema

•Talcomo se sostuvo durante el juicio, a la compañía le asiste la entera convicción de haber actuado de forma correcta y legítima al momento de efectuar el rescate de su depósito a plazo desde la Corredora Inverlink,fondos que provenían de su patrimonio y que habían sido previamente depositados en esa institución.

•Sin perjuicio de lo anterior, la empresa es respetuosa de lo resuelto por los Tribunales de Justicia, a la luz del fallo de la Corte Suprema.

•La compañía informa que los montos aludidos han sido debidamente provisionados – tal como se observa en los Estados Financieros de la firma al 31 de diciembre de 2012–, por lo que este fallo no generará efectos significativos en los resultados futuros de la empresa.

San Antonio, 18 de abril de 2013