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Justicia ratifica condena a Enel por instalar un medidor eléctrico defectuoso

La Corte de Apelaciones de Santiago dictaminó que la empresa deberá pagar una multa e indemnizar a la clienta afectada, cuyo equipo presentó fallas al poco tiempo de su instalación registrando consumos de energía superiores a los reales.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Martes 19 de marzo de 2019

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a Enel Distribución Chile S.A., a pagar una multa y una indemnización por infracción a ley de protección de los derechos de los consumidores.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, que condenó a la empresa distribuidora de electricidad por actuar negligente al instalar un medidor defectuoso. Según establece el fallo, "la denunciada Enel Distribución Chile S.A., actuó negligentemente al instalar en el inmueble de la actora un medidor de mala calidad, calificado incluso por el organismo técnico especializado, CAM Chile S.A., de ‘obsoleto técnico' y ‘equipo desechable', el cual presentó fallas al poco tiempo, registrando consumos de energía eléctrica superiores a los reales".

De esta manera, la instancia concluyó que se confirma la sentencia de 2017, aunque con algunas modificaciones:

I.- Se reduce la multa impuesta a Enel Distribución Chile S.A. de 50 a 30 unidades tributarias mensuales;

II.- Se disminuye lo ordenado pagar por concepto de daño emergente de $548.074 a $300.000, con los reajustes indicados en la sentencia de primer grado;

III.- Se rebaja lo ordenado pagar por concepto de daño emergente de $548.074 a $300.000, con los reajustes indicados en la sentencia de primer grado;

III.- Se rebaja lo ordenado pagar por concepto de daño moral de $2.000.000 a $1.000.000.