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Comisión Interamericana de Derechos Humanos rechaza indulto a Fujimori

La CIDH actuará junto con la Corte Interamericana de Derechos Humanos para revisar los casos en los que el ex mandatario peruano fue condenado, y evalúan convocar a una audiencia temática en febrero.

24Horas.cl TVN

Jueves 28 de diciembre de 2017

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) anunció que actuará junto a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para realizar una audiencia pública de supervisión por los casos "La Cantuta" y "Barrios Altos" por los que Alberto Fujimori fue condenado por crímenes de lesa humanidad, y considera convocar de oficio a una audiencia temática en febrero.

Esto, luego que el presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski le otorgara el indulto a 72 horas de no ser destituido de su cargo tras ser cuestionado por moralidad debido a sus presuntos vínculos con Odebretch.

 

A través de un comunicado, el organismo expresó este jueves "su profunda preocupación por la decisión del gobierno peruano de otorgar un indulto humanitario al ex presidente del Perú, Alberto Fujimori, condenado a 25 años de prisión por graves violaciones a los derechos humanos".

En el documento la Comisión sostuvo que con antelación se han manifestado respecto a "varios casos alarmantes de violaciones a los derechos humanos en los cuales Alberto Fujimori estuvo involucrado como autor mediato, incluyendo la masacre de quince personas en Barrios Altos y la desaparición forzada y ejecución de diez estudiantes de la Universidad La Cantuta".

La instancia cuestiona el indulto al señalar que si bien es una potestad discrecional del Presidente de la República, "debe estar regida por principios constitucionales y normas internacionales de derechos humanos".

En ese sentido, expresan preocupación porque el indulto a Alberto Fujimori "no cumple con requisitos legales fundamentales, como tampoco con elementos del debido proceso legal e independencia y transparencia de la junta de evaluación técnica".

Asimismo, aseguran que "la participación del médico particular del sentenciado en la junta médica que realizó el informe que aconseja el indulto viola flagrantemente el requisito de independencia y objetividad de esta junta".

 

Destacan que el comunicado emanado por la presidencia de Perú alude al padecimiento de Fujimori de una "enfermedad progresiva, degenerativa e incurable", sin embargo la Comisión consideró que "la existencia de enfermedades no terminales graves demandarían la transferencia del sentenciado a dependencias hospitalarias por el tiempo que su salud lo requiera, medida menos restrictiva al derecho de las víctimas a la justicia, pues el indulto otorga un perdón de la penas, que es algo distinto a la atención medica que pueda requerir y recibir el condenado.

Por otro lado, aseguran que la decisión desconoce el principio de la proporcionalidad entre el perdón de la pena y la gravedad de los delitos de lesa humanidad, argumentando que el otorgamiento indebido de beneficios en la ejecución de la pena puede "eventualmente resultar en una forma de impunidad".

"La CIDH rechaza el indulto a Alberto Fujimori, por tratarse de una decisión contraria a las obligaciones internacionales del Estado de Perú, y hace un llamado a que se adopten las medidas necesarias para restablecer los derechos de las víctimas que fueron afectados con esta decisión", señala el comunicado.