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Revisa las nóminas publicadas por los bancos en el Diario Oficial. Se trata de montos superiores a 5 UF que esperan ser cobrados por sus acreedores.

24Horas.cl TVN

Lunes 27 de abril de 2015

Como cada año los bancos publicaron en el mes de marzo en el Diario Oficial los listados de acreencias bancarias del año 2015. Se trata de montos de dinero emitidos como cheques, vale vistas, depósitos a plazo o boletas de garantía u otro instrumento, que en algún momento fueron depositadas a nombre de una persona en una entidad bancaria y que nunca han sido cobradas por ella.

Acá puedes revisar si tienes dineros olvidados en el periodo 2012- 2014:

CLIENTE BANCARIO

A continuación, puedes resolver tus dudas para realizar el proceso en el caso que tengas dineros "olvidados":

¿CÓMO SE COBRA UNA ACREENCIA BANCARIA?

Cada titular puede realizar los trámites o puede asesorarse jurídicamente para ello.

Si la acreencia es -por ejemplo-  un vale vista que está nominativo, basta que el titular vaya al banco que informó la acreencia y con su cédula de identidad cobre los fondos por ventanilla.

Cuando la acreencia no está en su poder, deberá seguir un proceso en tribunales para recuperar el título y hacer exigible el dinero. En dichos casos sí puede ser necesario asesorarse por un abogado.

Dado que la información sobre las acreencias bancarias es de acceso público existen abogados que la consultan directamente en los bancos con meses de anticipación. Lo hacen para luego llamar o enviar cartas a las personas de los listados ofreciéndoles ayuda para regularizar esos bienes con un costo que podría bordear el 20% del monto rescatado.

Sin embargo, es importante tener presente que sólo para algunas acreencias se requiere asistencia jurídica. En la mayoría de los casos el propio titular puede realizar el trámite de manera sencilla y sin pagos asociados.

¿QUÉ DATOS SON NECESARIOS PARA CONSULTAR POR INTERNET?

Sólo basta poner el buscador de más abajo y el primer nombre y apellido de la persona.

¿CÓMO SÉ QUE EFECTIVAMENTE ME CORRESPONDE UNA ACREENCIA SI HAY ALCANCE DE NOMBRES CON MÁS PERSONAS?

Para verificar los datos, cada persona debe acercarse al banco donde aparece la acreencia y consultar más detalles.

¿QUÉ SE HACE SI EL BENEFICIARIO HA FALLECIDO?

En esos casos se debe actuar igual que con cualquier otra herencia. De todos modos, cada banco tiene información sobre el trámite específico.

Asimismo, si en los datos aparece la palabra "sucesión" seguida del nombre del beneficiario significa que el dinero corresponde a los herederos del titular.

-¿QUÉ PASA SI NO COBRO LA ACREENCIA?

Si el dinero no es reclamado dentro de un plazo de tres años, por ley, pasará íntegramente a las arcas del Fisco.