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Admisión 2015: los pasos a seguir para ejercer el derecho a retracto de matrícula

El Sernac realizó un llamado a los estudiantes a que se informen sobre el proceso de inscripción a universidades. Revisa a continuación todos los detalles.

24Horas.cl TVN

Miércoles 14 de enero de 2015

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) hizo un llamado para que los estudiantes que participan del proceso de Admisión 2015 conozcan de qué se trata el derecho a retracto y cómo pueden utilizarlo.

Esta opción se encuentra establecida en la Ley del Consumidor y permite que los jóvenes que ingresan a primer año se matriculen en una institución y luego puedan anular el trámite para inscribirse en otra universidad o instituto.

El plazo para acceder a este beneficio comenzó a regir el lunes 12 de enero y se extenderá hasta el próximo 21 de enero.

¿QUÉ SIGNIFICA EL DERECHO A RETRACTO?

El derecho a retracto implica que los jóvenes que ingresarán a primer año de una carrera o programa de pregrado, que se matricularon en una casa de estudio, pueden desistir del contrato celebrado con la Universidad respectiva, dentro de un plazo de 10 días corridos contados desde la primera publicación  de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas.

Eso implica que:

- El establecimiento no puede cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió

- Debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto

- Sin embargo, podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración

Mientras esté vigente el plazo de retracto, las universidades no pueden negociar los documentos que han recibido, en respaldo del período educacional respectivo. Es decir, estos no pueden ser objeto de una operación de factoring, endosarlos o darlos en garantía; y tampoco entregarlos en comisión de cobranza, ni realizar ninguna otra operación semejante.

Por lo anterior, los documentos de pago deben ser retenidos ante la eventualidad de que el alumno matriculado ejerza su derecho de retracto.

¿CÓMO SE EJERCE EL DERECHO A RETRACTO?

Los pasos a seguir son:

- Presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató

- Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. La carta se puede descargar de www.sernac.cl.

- Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores

- Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, debe insistir

- Si la respuesta es negativa, presentar el reclamo ante Sernac en su sitio web (www.sernac.cl)

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Foto: Agencia Uno