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Cámara despacha proyecto que prohíbe la entrega de bolsas plásticas en el comercio

Chile se constituirá en el primer país de Latinoamérica en establecer una prohibición nacional para la entrega de cualquier tipo de bolsa plástica en el comercio.

24Horas.cl TVN

Miércoles 30 de mayo de 2018

Por 134 votos a favor y una abstención, la Cámara ratificó las modificaciones del Senado con respecto al proyecto que prohíbe la entrega de bolsas plásticas en todo el país, con esta medida Chile se constituirá en la primera nación de Latinoamérica en establecer una prohibición para la entrega de cualquier tipo de bolsa plástica en el comercio, hecho destacado por la ministra del Medioambiente, Marcela Cubillo. De esta manera, el proyecto quedó despachado al Ejecutivo para su promulgación como Ley de la República.

 

El proyecto fue analizado en tercer trámite en la Corporación dado que la propuesta original, iniciada en moción, restringía el uso de bolsas solo para el territorio de la Patagonia Chilena, en tanto que el texto ratificado por el Senado, bajo el patrocinio del Ejecutivo, amplió la prohibición para todo el territorio nacional, incorporando incluso las llamadas bolsas biodegradables, así como materias de fiscalización y de sanción para los infractores.

El Proyecto

El proyecto, en primer lugar, define que su objetivo es proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas en el comercio, para pasar luego a un marco de definiciones relativas a esta ley, como por ejemplo, lo que se entenderá por "Bolsa plástica de comercio":

A seguir, se define la prohibición propiamente tal para los establecimientos de comercio, excluyéndose en este ámbito las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

La iniciativa encarga la fiscalización a las municipalidades, que podrán impartir multas para su propio beneficio de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada. Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente.

Para la determinación de la multa se considerarán las siguientes circunstancias:
a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas. 
b) La conducta anterior del infractor. 
c) La capacidad económica del infractor.

Con el objeto de definir una adaptación al nuevo marco normativo, se establece que las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses, contado desde su publicación en el Diario Oficial, salvo respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, cuyo plazo se extenderá a dos años.

Con todo, en el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos recién mencionados, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.

Finalmente, el proyecto define que el Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje.

24Horas.cl con información  de la Cámara de Diputados