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Carabineros hace públicos sus protocolos para mantener el orden en protestas

La institución policial reveló las 30 normas por las que se rigen para actuar frente a manifestaciones, mostrando en qué momento pueden ocupar distintos tipos de armas, entre otros temas.

José Morgado

Viernes 15 de agosto de 2014

El detalle de los 30 protocolos por los que se rigen para mantener el orden en las marchas o protestas.

Eso fue lo que hizo público Carabineros, durante la cuarta sesión de la Mesa de Evaluación de Movilizaciones Sociales, que reúne en la Intendencia Metropolitana a los principales actores de las manifestaciones que se realizan en el país.

"Nuestra participación estuvo dada por la entrega de  los protocolos de actuación que tenemos en las diferentes manifestaciones y que fueron trasparentados por una disposición de nuestro general director", dijo el Jefe de Zona Metropolitana de Carabineros, general Bruno Villalobos, tras la cita que se desarrolló ayer jueves.

El intendente Metropolitano, Claudio Orrego, por su parte, destacó que "era una demanda, por un lado, y un anhelo por el otro, de que se hicieran públicos los protocolos de Carabineros en todo lo que dice relación con la regulación de este derecho y su proceder en las manifestaciones".

"Creo que eso es un acto de audacia, de transparencia y también de confianza de parte de Carabineros que le da mucho sentido a esta mesa, que existe no sólo para analizar la coyuntura, sino para -ojalá a mediano plazo-, establecer una nueva normativa, un decreto, que regule el derecho a reunión", agregó Orrego.

 

LOS PROTOCOLOS

Los documentos que fueron presentados por la institución policial muestran desde la indumentaria que ocupan hasta cómo actúan en cada operativo, así como los implementos que pueden utilizar: gas lacrimógeno, pistolas de aire comprimido (paintball), entre otras armas.

Por ejemplo, en el caso de los desalojos, se establece que Carabineros sólo puede proceder a dicha acción ante dos escenarios:

- A petición del dueño o encargado del inmueble cuando la ocupación no ha excedido las 12 horas. Después de ese lapso, el interesado debe recurrir al Ministerio Público para conseguir una orden judicial de desalojo.

- Ante delito flagrante no se requiere solicitud, ni autorización del dueño.

Sobre la detención de adultos, se establece que "la intervención policial contra manifestantes violentos debe efectuarse con precisión para no afectar a testigos o personas inocentes". El empleo de fuerza para detenerlo, en tanto, "se limitará al mínimo necesario para inmovilizar".

Al detenido adulto también se le debe informar el motivo de su detención y dar lectura de sus derechos.

En el caso de los menores de edad, se establece que al momento de la detención "se deberá limitar al mínimo necesario considerando dos principios: el fin legítimo del restablecimiento del orden y el interés superior del niño".

"Una vez que un detenido ha sido inmovilizado se debe confirmar si se trata de un niño, niña o adolescente para adoptar las medidas de protección pertinentes", se indica.

Además, se añade que se debe "garantizar la separación entre niños, niñas y adolecentes y adultos, así como entre detenidos y personas sometidas a control de identidad. No utilizar calabozos en la medida que las condiciones de espacio y seguridad lo permitan".

A continuación, revisa el documento con los 30 protocolos de Carabineros: