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Contaminación en Quintero y Puchuncaví: SMA reformula cargos contra ENAP

El organismo reabrió la investigación contra la empresa agregando dos cargos gravísimos, uno grave y cuatro leves, por la emergencia ambiental ocurrida en esa zona en el año 2018.

24horas tvn

Jueves 24 de septiembre de 2020

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) reabrió la investigación y reformuló los cargos en contra de ENAP Refinerías S.A. titular del proyecto “Terminal Marítimo de Quintero” por realizar acciones no autorizadas ambientalmente y la exposición de la población de Quintero y Puchuncaví a altos niveles de contaminación.

Se trata de dos cargos gravísimos, uno grave y cuatro leves, por la emergencia ambiental ocurrida en esa zona en el año 2018, donde luego de las nuevas diligencias se pudo constatar su participación.

En particular, se verificó la exposición a formaldehído, conforme lo indicaron los resultados de estudios solicitados por la Superintendencia del Medio Ambiente.

La reapertura del caso obedece no sólo a nuevos antecedentes obtenidos mediante fiscalizaciones al titular del proyecto y requerimientos de información a la empresa, sino que también a dos estudios solicitados por la SMA a la Universidad Católica (CITUC, Centro de Información Toxicológica y DICTUC, Dirección de Investigación Científicas y Tecnológicas), uno toxicológico y otro sobre calidad del aire.

Este último, analizó como nueva arista investigativa las acciones realizadas por la empresa durante la descarga, almacenamiento y posterior drenaje de crudo iraní, hechos que se vinculan a la emergencia ambiental ocurrida en 2018, en las comunas de Quintero y Puchuncaví.

Según explicó el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, el informe toxicológico permitió establecer que los síntomas observados durante la emergencia pueden asociarse a distintos compuestos presentes en el Terminal Marítimo. En tanto, el segundo vinculó el tratamiento que recibió el crudo iraní en el mismo lugar, mediante la adición de un secuestrante en base a formaldehído y posterior drenaje de este crudo, con la exposición de la población a niveles de contaminación considerados riesgosos.

“Se infringió el deber de facilitar la fiscalización ambiental al no informar estas acciones durante nuestras inspecciones. La Ley Orgánica de la SMA es muy exigente en esta materia y establece la obligación de colaborar activamente con la investigación”, aseveró De La Maza.

En cuanto a la reformulación, el cargo principal y clasificado como gravísimo corresponde a la elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por la aplicación de formaldehído como secuestrante y posterior drenaje de aguas oleosas en el Terminal de Quintero con este compuesto, sin autorización ambiental.

A esto se añade un segundo cargo gravísimo por no informar sobre estas acciones durante las actividades de fiscalización realizadas por la SMA.

“Esta infracción se configuró ante la solicitud reiterada y obligatoria a ENAP de reportar actividades no rutinarias. El acceso a la información se omitió en inspecciones en terreno y se entregó información contradictoria sobre los estanques donde se almacenaba el crudo iraní y los tiempos de drenaje de éste”, sostuvo el Superintendente.