La Corte de Apelaciones declaró admisible un recurso de protección presentado por la Pontificia Universidad Católica respecto a la objeción de conciencia en el marco de la ley de aborto en tres causales.
La acción judicial fue presentada este jueves y apunta a la regulación que impide a instituciones que mantengan convenios para prestación de salud con el Estado puedan invocar la objeción de conciencia.
AHORA: Corte de Apelaciones de #Santiago declara admisible recurso de protección de la Universidad Católica contra el Ministerio de Salud por el reglamento de la objeción de conciencia en casos de aborto. pic.twitter.com/EduY12Dutg
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) 9 de febrero de 2018
En el texto se argumenta que existe una "discriminación arbitraria" al excluir de la posibilidad de objetar en conciencia a las entidades que tengan convenios de prestación de salud con el Estado.
De acuerdo a la información que publica la universidad en su página oficial, el recurso "solicita a la Corte de Apelaciones la eliminación de ciertos preceptos contenidos en la Resolución N°61 del Ministerio de Saluda, por considerar que estos vulneran garantías constitucionales".
El cuestionamiento apunta al impedimento a los establecimientos públicos de salud, así como a aquellos establecimientos privados que se encuentren adscritos al Sistema Nacional de Servicios de Salud mediante la celebración de convenios, que contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología puedan invocar la objeción de conciencia. Además, reclaman que la manifestación de objeción de conciencia puede culminar en la concesión o no del derecho.
Cabe consignar que la Pontificia Universidad Católica mantiene desde 2003 un convenio con el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, acuerdo que incluye prestaciones ginecológicas y obstétricas.
El recurso presentado por la UC plantea que el protocolo en cuestión vulnera el derecho a la manifestación de las creencias y ejercicio de los cultos, el derecho de igualdad ante la ley, el derecho a la libertad de asociación y el derecho de propiedad.