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Corte Suprema condena a Fisco por atención tardía a reo

La Corte Suprema rechazó recurso de casación que buscaba invalidar condena producto de una negligencia que derivó en amputación de una extremidad del convicto.

Alejandro González

Lunes 31 de diciembre de 2012

Luis Herrera Gavilán entró en 1999 al penal Colina I para cumplir 10 años de cárcel producto de un robo con intimidación. Dos años después se le diagnosticó un tumor en la pierna izquierda pero no se le hizo tratamiento alguno.

Recién en febrero de 2003, Herrera Gavilán, recibió atención médica sin embargo ya era demasiado tarde. La amputación de su extremidad afectada era la única solución.

Por este hecho, la Tercera Sala de la Corte Suprema falló unánimemente para la ratificación de la condena al Fisco, la cual lo obliga a saldar una indemnización de 20 millones de pesos al hijo y a la hermana del interno Luis Herrera Gavilán.

Según consigna el fallo emitido esta mañana: “Conforme a la normativa que regula las funciones del servicio de Gendarmería de Chile, éste es responsable no sólo de la vigilancia de los internos sino que, además, debe velar por la integridad física de las personas que se encuentran privadas de libertad".

En este sentido, los jueces encargados de generar la sentencia señalaron en el fallo que "Luis Gavilán Herrera tenía derecho a egresar del Centro Cumplimiento Penitenciario no solo libre sino también sano, sino únicamente con ello ha puesto de manifiesto la obligación de Gendarmería de velar por la integridad física, por la salud del interno, como le ha sido impuesto por las normas legales y reglamentarias que rigen a dicho Servicio. Desde luego tal derecho no importa que necesariamente debiera egresar sano, sino que, Gendarmería le debió procurar  todas las atenciones y cuidados posibles que su condición requería, situación que no ocurrió”.