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Familia de "comandante Ramiro" critica fallo del juez Carroza: "Cae en una clara y grotesca arbitrariedad"

Según el entorno de Mauricio Hernández Norambuena, al rechazar la aplicación de la media prescripción en beneficio del exfrentista, el fallo del ministro Carroza está "al margen de la ley" ya que "no da cumplimiento al compromiso del gobierno chileno ante Brasil, por lo cual la extradición de nuestro hermano es una ilegalidad".

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Lunes 2 de septiembre de 2019

Este lunes se conoció la decisión del ministro en visita de la Corte de Apelaciones, Mario Carroza, en relación al caso del exfrentista extraditado de Brasil, Mauricio Hernández Norambuena. Al respecto, el magistrado decidió rechazar la aplicación de la media prescripción en su beneficio y estableció el cumplimiento de dos penas de 15 años de presidio para el "comandante Ramiro".

En relación a este fallo, la familia del condenado por el crimen del senador Jaime Guzmán emitió una declaración en donde critica en duros términos la resolución asegurando que fue tomada "al margen de la ley" y que corresponde a una "clara y grotesca arbitrariedad".

 

Revisa a continuación el comunicado, en donde además advierten que apelarán y presentarán todos los antecedentes al Supremo Tribunal Federal de Brasil y a la Corte Interamericana de DDHH.

"Lamentamos y rechazamos, una vez más, el injusto trato para con nuestro hermano, antes por la justicia brasileña y hoy por la chilena. El razonamiento que realiza el ministro Carroza, en su fallo del día de hoy, apoyando su dictamen en la defensa de los DDHH de nuestro hermano no considerando en su totalidad el informe por el mismo solicitado al Estado de Brasil, deja claramente a la vista su proceder al margen de la ley que su presunta mirada filosófica-humanitaria es falsa, al contrario cae en una clara y grotesca arbitrariedad.

Entre los compromisos establecidos por el gobierno de Chile ante Brasil, se señalan, claramente, 2 condiciones:

1) Conmutar las penas perpetúas por penas temporales a no más de 30 años.

2)  Detracción (abonar) el tiempo cumplido en Brasil por la extradición, a las penas chilenas a cumplir.

Para este segundo punto, Brasil ha informado a través de su embajada oficialmente el día viernes 30 de agosto, que el tiempo cumplido en prisión por la extradición corresponde a (…) "el, plazo inicial del conteo de la detracción de la pena,  debe ser considerado como el día 28 de Abril del año 2003, con el mandato de prisión preventiva hasta el día 10 de Noviembre del año 2006, cuando quedó a firme el fallo de extradición, además se incluye el periodo entre 8 y 19 de Agosto del 2019.”

El fallo del ministro Carroza claramente no da cumplimiento al compromiso del gobierno chileno ante Brasil, por lo cual la extradición de nuestro hermano es una ilegalidad.

Apelaremos entregando todos los antecedentes al Supremo Tribunal Federal de Brasil y a la Corte Interamericana de DDHH, ya que no se cumplieron los compromisos contraídos para el traslado de Mauricio.

Familia Hernández Norambuena".