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Fiestas Patrias: Pago de aguinaldo para más de dos millones de pensionados se inicia el 1 de septiembre

La Presidenta Michelle Bachelet indicó que el monto se sumará automáticamente a la jubilación correspondiente del mes.

24Horas.cl TVN

Jueves 25 de agosto de 2016

A partir del 1 de septiembre se dará inicio al pago del aguinaldo para más de dos millones de pensionados.

El anuncio fue dado esta mañana por la Presidenta Michelle Bachelet, quien confirmó que el monto asciende a $17.843 por pensionado más $9.154 por cada carga familiar que tenga acreditada el pensionado al 31 de agosto de 2016.

"Si bien no es una gran cantidad de dinero, es un reconocimiento para las personas que han contribuido para el país", expresó la Mandataria.

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La jefa de Estado destacó que este tipo de beneficios tienen como objetivo "acompañar a nuestros adultos mayores para que la pasen bien cuando correspondan".

Quiénes tienen derecho al aguinaldo?

Tienen derecho los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), de las cajas de previsión Dipreca y Capredena, del Instituto de Seguridad Laboral, de las mutualidades de empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan la calidad de pensionado(a) al 31 de agosto del año 2016; así como los pensionados y pensionadas del Sistema de AFP, siempre que a esa fecha se encuentren recibiendo el beneficio del Aporte Previsional Solidario o una pensión mínima con Garantía Estatal.

En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:

• Pensionados de las ex-cajas de previsión.
• Pensionados de las leyes de exonerados políticos, Ley N° 19.234. 
• Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
• Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
• Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
• Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
• Pensionados con Aporte Previsional Solidario (APS), del Sistema de AFP.
• Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
• Beneficiarios de indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

Conoce el monto y requisitos para recibir aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados