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Gobierno busca que menores de edad tengan autorización de sus padres para realizarse tatuajes, piercing y expansiones

El nuevo reglamento del Minsal se encuentra actualmente en consulta pública y aplicaría una serie de infracciones en el personal que no acredite técnicas de asepsia o no están vacunados contra la hepatitis B; al igual que en la falta de aseo en superficies de trabajo.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Martes 9 de octubre de 2018

El Ministerio de Salud (Minsal) busca, a través de un nuevo reglamento, endurecer las medidas para la realización de tatuajes, perforaciones expansiones y prácticas similares.

Esto debido a que en la fiscalización de las autoridades sanitarias a estos locales no se cumple el reglamento actual completamente, registrándose infracciones en el personal que no acredite técnicas de asepsia o no están vacunados contra la hepatitis B; que los recintos no cuentan con lavamanos, existen falta de aseo en superficies de trabajo o no cuentan con dispositivos para la eliminación de elementos cortopunzantes, entre otros aspectos.

Según consignó La Tercera, el nuevo reglamento se encuentra actualmente en consulta pública en su sitio web, estableciendo -entre otras medidas- que los locales deben contar con áreas especiales de tipo "pabellón" para la realización de perforaciones o expansiones. Además, los establecimientos tendrán que estar representados por un profesional de la salud.

Asimismo, la normativa restringe la realización de tatuajes y piercing a menores de 18 años, salvo que posean la autorización de sus padres y la compañía de ellos al momento de efectuarse la intervención, al igual que para embarazadas o en periodo de lactancia, quienes deberán contar con un certificado médico para realizarse el tatuaje.

De esta manera, el documento solicita que el recinto cuente "con la dirección técnica a cargo de un profesional del área de la salud, además de la autorización sanitaria previa a su instalación y funcionamiento".

Este cargo será el responsable ante la autoridad sanitaria de su correcto funcionamiento y de que las prácticas se efectúen acorde a la legislación vigente, solicitándole una permanencia de al menos 8 horas mensuales.

Además, dentro de su labor representará al establecimiento ante la autoridad sanitaria, aprobará los manuales de procedimiento, velará tanto para que el trabajo de los operadores sea adecuado, como por la seguridad del usuario; y también asegurará que el personal cuente con las vacunas correspondientes, además de implementar programas de capacitación.

También, preciaron que las perforaciones en mejillas, párpados, labios, lengua, genitales, pezón, cuello, zona peri umbilical, entre otras técnicas, "serán consideradas prácticas mayormente invasivas, por tratarse de actividades que implican mayor riesgo sanitario".

Por consiguiente, este tipo de actividad deberá realizarse en especies de pabellones, cuyo funcionamiento deberá ser autorizado por la Seremi de Salud, organismo que fiscalizará a los locales. En tanto, dichos recintos deberán contar con una sala de espera y de vestuario para el personal; luces de emergencia, mesa para instrumental, lámpara auxiliar, pisos y muros de material lavable.