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Gobierno ingresa proyecto que moderniza la carrera profesional en las Fuerzas Armadas

El texto considera aumentar los años de servicio para obtener derecho a una pensión completa, y restringe a los funcionarios de planta uniformado los beneficios del sistema de salud de la institución.

24Horas.cl TVN

© Agencia Uno

Martes 22 de enero de 2019

El Gobierno ingresó el proyecto de ley que busca modernizar la carrera militar a fin de aprovechar mejor la formación del personal activo de las Fuerzas Armadas.

La propuesta se fija dos objetivos esenciales: el primero, "en dar cuenta de los cambios demográficos que ha vivido nuestro país hacia una mayor esperanza de vida y condiciones de salud que hacen perfectamente viable y conveniente que el personal militar pueda seguir sirviendo a su respectiva institución".

En segundo lugar, plantea "posponer en tres años el tiempo de servicio que deben cumplir nuestros hombres y mujeres de armas para poder adquirir el derecho a obtener una pensión y en cinco años el tiempo para acceder a la pensión completa".

El artículo primero contiene diversas modificaciones a la Ley 18.948, Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas con el objeto de ampliar el tiempo máximo que un oficial y un suboficial puede permanecer en servicio activo: de 38 a 41 años y de 35 a 40 años, respectivamente.

Además, se aumenta de 20 a 23 años la cantidad de tiempo mínimo que el personal debe prestar servicios para tener derecho a una pensión de retiro y se establece que el máximo de pensión -el 100% de la última remuneración imponible- se obtiene al cabo de 35 años, y no al alcanzar los 30 años como sucede actualmente.

De igual manera, "con el fin de retener al personal más preparado, al menos hasta los 35 años de servicio, se fija el tope del desahucio que se recibe al momento de pensionarse en 35 mensualidades".

Entre otras modificaciones, se establece un nuevo escalafón de los Servicios denominado "Servicios Generales" en la Armada y el Ejército, y modifica el existente en la Fuerza Aérea, cuya función será contener al personal que cumpla funciones estratégicas o críticas que actualmente cumplen funcionarios civiles.

Se añade también una modificación a la Ley 19.465, que establece el sistema de salud de las Fuerzas Armadas, restringiendo sus beneficiarios al personal de planta uniformado y, excluyendo por omisión, al personal que no es de planta y a los funcionarios de la planta civil correspondiente.

Por último, los artículos transitorios disponen la entrada en vigencia de las modificaciones propuestas; y faculta al Presidente de la República para dictar un nuevo texto que contenga el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas y para modificar, previa propuesta del Comandante en Jefe respectivo, las .plantas de las Fuerzas Armadas.