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Gobierno invoca la Ley de Seguridad del Estado tras masivas protestas en el Metro

"Quisiera hacer un llamado a todos los compatriotas a unirnos contra la violencia y el vandalismo, para trabajar juntos por el orden público y el desarrollo normal de nuestras vidas", dijo el ministro del Interior, Andrés Chadwick.

Sebastián Mora

Viernes 18 de octubre de 2019

El Gobierno confirmó este viernes que invocará la Ley de Seguridad del Estado tras las masivas protestas registradas en el Metro de Santiago a raíz del alza en los pasajes de la locomoción.

Según lo aseverado por el ministro del Interior, Andrés Chadwick, la medida apuntará "a todos quienes generen daños en el Metro e impedir que este desarrolle normalmente su funcionamiento".

"Es una ley que implica duras penas para quienes cometan estos delitos. Seguiremos presentando querellas ante cualquier hecho que pueda generar violencia pública o que dañe los bienes de los servicios públicos", agregó el secretario de Estado.

Asimismo, sostuvo que "en nombre del Gobierno, condenamos enérgicamente los hechos de violencia y vandalismo producidos en el día de hoy atacando" al tren capitalino

Para la autoridad, "lo ocurrido en las diversas estaciones es vandalismo organizado por grupos violentistas".

"Quisiera hacer un llamado a todos los compatriotas a unirnos contra la violencia y el vandalismo, para trabajar juntos por el orden público y el desarrollo normal de nuestras vidas. Podemos tener diferencias, pero hemos aprendido que ellas deben ser resueltas por los caminos de la democracia y la paz", sentenció.

¿Qué implica la invocación de dicha ley?

La Ley 12.927 de Seguridad Interior del Estado sostiene en su Artículo 3, letra C, que serán sometidos a dicha normativa "los que inciten a destruir, inutilizar, interrumpir o paralizar, o de hecho destruyan, inutilicen, interrumpan o paralicen, instalaciones públicas o privadas de alumbrado, energía eléctrica, de agua potable, gas u otras semejantes; y los que incurran en cualquiera de los actos antedichos con el fin de suspender, interrumpir o destruir los medios o elementos de cualquier servicio público o de utilidad pública".

Respecto a las penas, el texto legal expresa que "serán castigados con presidio, relegación o extrañamiento menores en sus grados mínimo a medio, sin perjuicio de las penas accesorias que correspondan según las reglas generales del Código Penal".

En términos simples, las condenas por esta ley van desde los 61 días a los tres años de reclusión.