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La millonaria multa que podría recibir Essal tras corte masivo de agua en Osorno

La Superintendencia de Servicios Sanitarios inició dos procesos en contra de la empresa, donde uno de ellos se vincula con los cargos por faltas de la empresa, por lo cual recibiría multas.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Sábado 3 de agosto de 2019

El corte masivo de agua potable que afectó a 200 mil personas en Osorno continúa generando consecuencias para la empresa sanitaria Essal, responsable de lo ocurrido. Esto porque la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) resolvió abrir un proceso con la apertura de un expediente de caducidad en contra de la compañía, la cual además podría recibir millonarias multas.

Y es que además del proceso que podría concluir con el término anticipado de la concesión, también existe un segundo que se vincula con los cargos por faltas de la empresa, donde las multas podrían superar los $2.500 millones.

Sin embargo, para ello se deberá esperar los descargos de la empresa, y luego de ello, el proceso podría llegar a tribunales.

Superintendencia de Servicios Sanitarios abre expediente de caducidad contra Essal

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La empresa podrá hacer sus descargos en los próximos 20 días hábiles. En tanto, arriesga multas de hasta $2.500 millones debido al corte masivo de agua potable que sufrió el pasado mes la comuna de Osorno.

 

CARGOS FORMULADOS

a) Incumplimiento de la obligación de calidad de servicio y particularmente por no cumplir con la calidad del agua de acuerdo con las normas que rigen en Chile (NCh 409/1 Of.2005), especialmente en cuanto a requisitos de sabor y olor, presencia de cloro libre residual y turbiedad.

b) Incumplimiento de la obligación de continuidad del servicio de agua potable, tras dos eventos que dejaron sin agua a Osorno entre el 11 y el 17 de julio, y luego entre el 17 y el 21 de julio. En el primer caso, se dejó sin servicio al 97,9% de los clientes de la ciudad, y en el segundo, al 50,6%.

c) Afectación de los usuarios: La ley establece límites a las situaciones de corte, y el hecho de que en ambas situaciones de corte no programado de suministro se haya afectado a un porcentaje importante de la población constituye una infracción.

d) Poner en peligro la salud de la población: Al extenderse más allá de lo debido el corte de agua potable, la concesionaria incurrió en una infracción de peligro.

e) No cumplir con las instrucciones de la SISS: ESSAL Osorno incumplió el Oficio de la SISS N°3459 del 25 de noviembre de 2008 que establece las condiciones de prestación del servicio en caso de emergencias. En concreto, la empresa no cumplió con las obligaciones en cuanto a la atención de la emergencia, plazos de solución y distribución alternativa de agua potable.

f) Información errónea a la autoridad y a los clientes: El cargo en este aspecto se refiere tanto a que no se informó oportunamente del derrame, como a la serie de informaciones manifiestamente falsas a los clientes y a la SISS sobre las causas del problema, el tiempo de reposición luego de la suspensión del suministro, causas del segundo corte y capacidad real de abastecimiento de emergencia.