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Los cambios que incluye el proyecto que busca sancionar a encapuchados en las marchas

El presidente de la Comisión de la Seguridad de la Cámara, Gabriel Silber explicó los criterios de la ley que permitiría a Carabineros retirar a los encapuchados antes que realicen desmanes.

24Horas.cl TVN

Lunes 23 de mayo de 2016

Este lunes, un grupo transversal de diputados de la Comisión de Seguridad de la Cámara ingresó un proyecto de ley para endurecer las sanciones a quienes asistan a manifestaciones con su rostro "encapuchado".

El presidente de la instancia, el diputado Gabriel Silber (DC), conversó con Canal 24 Horas para explicar los alcances de esta iniciativa.

"El proyecto también permite a Carabineros que, cuando alguien se encapuche, inmediatamente puedan retirarlo de la manifestación", indicó el parlamentario.

Hoy en día, estar encapuchado sólo está tipificado como una agravante de un delito base.

"Es decir, si oculto mi identidad primero debo haber cometido un delito para que el encapuchamiento sea un agravante, como por ejemplo, de un acto bandálico o el incendio que vimos en Valparaíso, pero preventivamente Carabineros no puede sancionar", explicó el parlamentario.

Actualmente, el artículo 85 de la ley 19.696 sólo permite el control de identidad, pero actualmente Carabineros requiere elementos probatorios que el encapuchado estaría cometiendo un delito.

En esa línea, el diputado Silber explicó que la actualización del artículo permitiría la detención de la "persona encapuchada antes que realice actos delictuales" y las penas serían multas económicas las que pueden alcanzar entre los 45 y 185 mil pesos.

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