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Metro de Santiago deberá indemnizar con $10 millones a mujer que se cayó en estación

El Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa de transportes tras establecer su responsabilidad en las lesiones de la pasajera.

24Horas.cl Tvn

Jueves 11 de abril de 2019

Este jueves el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó a Metro de Santiago a pagar una indemnización de $10 millones a mujer que se cayó en una escalera de la estación.

El hecho ocurrió en febrero de 2016 en la estación Cerro Blanco de la Línea 2, cuando la usuario resbaló en una escalera de la estación, resultando con diversas lesiones.

La resolución estableció que existió una relación contractual ya que "la demandante compró el ticket a la demandada (Metro) para hacer uso de su servicio, generándose una relación contractual de contrato de transporte" y que se acreditó que el piso estaba húmedo como hecho causal de la caída., estableciendo la responsabilidad de Metro en las serias lesiones provocadas a la demandante.

Respecto al piso húmedo, el fallo señala "de los dichos de la demandante en su libelo y de los testigos de oídas, el piso de la escalera se encontraba húmedo y sin indicaciones que advirtieran esta situación, no siendo una actividad de mediana o alta complejidad el aviso mediante diversas formas. De la misma forma, el demandado señala la existencia de una central de cámaras de vigilancia, más no rinde al proceso la correspondiente prueba consistente en las cámaras de video que contradigan o resten certeza a las acompañadas por la demandante".

Además, se consideró el daño moral de la víctima: "Fundándose el diagnóstico médico de la actora, los tratamientos seguidos, sesiones de kinesiología seguidos en su recuperación y que además este daño se mantiene en carácter de permanente en el transcurso del tiempo, dan cuenta de la afectación que sufre la demandante, comprensible a partir de ser una persona en plenitud de disposición laboral, y que afectó el normal desarrollo de su vida en distintos aspectos, provocándole de forma indefinida un impedimento físico y emocional al afectarse el desempeño normal de su vida, se acogerá la demanda en cuanto al daño moral, fundándose esto además en cuanto el artículo 2329 del Código Civil".

Por lo expuesto,  a magistrada Jacqueline Benquis condenó a la empresa a pagar una indemnización de $10.000.000.