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Operación Colombo: condenan a exagentes de la DINA por secuestro de militante del MIR

María Angélica Andreoli Bravo fue detenida en su domicilio el año 1974 y tras estar en los centros de detención "Londres 38" y "Villa Grimaldi" se le perdió el rastro.

Francesca Cassinelli

Lunes 13 de abril de 2015

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, condenó a 78 personas a penas por el secuestro calificado de María Angélica Andreoli Bravo.

La militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) fue detenida por agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) el 6 de agosto de 1974, en su domicilio.

La mujer fue trasladada al recinto de detención conocido como "Londres 28" en el cual permaneció vendada, amarrada y sin contacto con el exterior. En dicho recinto, y en Villa Grimaldi, fue torturada por agentes de la Dina que buscaban información de sus compañeros del MIR.

Tras esto se le pierde el rastro en septiembre de 1974, y en 1975 figura en una lista de fallecidos difundida en una revista brasileña dando cuenta que Andreoli habría muerto en peleas entre compañeros del MIR, información que la corte juzgó como posibles "maniobras de desinformación de la Dina en el exterior".

LOS CONDENADOS

El Tribunal entregó penas de 13 años de presidio, en calidad de autores, a Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Manuel Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann.

Se dio condenas de 10 años de presidio, en calidad de autores también: Gerardo Ernesto Urrich González, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Sergio Hernán Castillo González, Manuel Andrés Carevic Cubillos, José Nelson Fuentealba Saldías, Basclay Humberto Zapata Reyes, José Enrique Fuentes Torres, José Mario Friz Esparza, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Claudio Orlando Orellana de la Pinta, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Gustavo Galvarino Carumán Soto, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Luis Salvador Villarroel Gutiérrez, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Ariel Araneda Araneda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Víctor Manuel Molina Astete, Manuel Rivas Díaz, Juan Ángel Urbina Cáceres, Risiere del Prado Altez España, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Hermon Helec Alfaro Mundaca y Osvaldo Pulgar Gallardo.

Como cómplices, se dictó condenas por  cuatro años de presidio a: Luis Eduardo Mora Cerda, José Jaime Mora Diocares, Camilo Torres Negrier, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Fernando Adrián Roa Montaña, Gerardo Meza Acuña, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Jaime Humberto Paris Ramos, Jorge Laureano Sagardia Monje, José Dorohi Hormazábal Rodríguez, José Manuel Sarmiento Sotelo, José Stalin Muñoz Leal, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Luis René Torres Méndez, Manuel Antonio Montre Méndez, Máximo Ramón Aliaga Soto, Moisés Paulino Campos Figueroa, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Nelson Eduardo Iturriaga Cortés, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Sergio Hernán Castro Andrade, Víctor Manuel de la Cruz San Martín Jiménez, Gustavo Humberto Apablaza Meneses, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Óscar Belarmino la Flor Flores, Rufino Espinoza Espinoza, Héctor Manuel Lira Aravena, Sergio Iván Díaz Lara, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Carlos López Inostroza y Roberto Hernán Rodríguez Manquel.

Foto: Agencia Uno.