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Acceso parcial a contratos

La justicia revirtió la decisión del Consejo para la Transparencia por la trascendencia económica y social del río Maipo en la Región Metropolitana.

24horas.cl Tvn

Lunes 28 de enero de 2013

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) a entregar partes del contrato entre Aguas Andinas y AES-Gener por el proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.

Los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada Mauricio Silva Cancino, Elsa Barrientos (suplente) y el abogado integrante Eugenio Benítez acogieron el recurso de reclamación presentado por parlamentarios y comunidades de la zona.

En un fallo unánime revirtieron la decisión del Consejo para la Transparencia, que había denegado el acceso al acuerdo.

"Esta Corte no divisa la razón en virtud de la cual la entrega del Convenio pueda comprometer el interés patrimonial de Aguas Andinas S. A. y Gener, por el contrario, la seguridad hidrológica respecto del servicio sanitario de la región metropolitana, es una materia de tal trascendencia social y económica, que hace necesaria el conocimiento de información que en él se contiene", indica el escrito.

El contrato entre ambas empresas define el uso de aguas de la Laguna Negra y Laguna Lo Encañado. Según lo que indicó el tribunal deberán revelarse:

- La regulación de las obligaciones de las empresas relativas a verter y conducir agua desde y por los ductos correspondientes al Proyecto Ducto, de Aguas Andinas, y al Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo, de Gener, así como las de captar y conducir aguas en los puntos expresamente acordados, estableciendo los caudales de agua comprometidos en cada caso y la forma de medición.

- La promesa de venta, cesión y transferencia de los derechos de agua que se indican en el convenio.

- La conducción y utilización, por parte de Gener, de aguas captadas, provenientes de las cuencas que indica, por medio de túneles que contempla el PHAM y su restitución, así como el pago de la contraprestación de las obligaciones asumidas por Aguas Andinas en virtud del convenio en análisis, estableciendo las fórmulas que permiten la determinación del precio a pagar en cada caso.