LaTercera Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por la Municipalidad de Providencia en contra de la construcción de 12 torres de departamentos en el Parque los Estanques.
Argumentando que este predio posee "la condición de Área Verde en conformidad al Plan Regulador Comunal de Providencia, no estando afecto a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones".
"La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió, en fallo dividido, acoger un recurso de protección presentado por la Municipalidad de Providencia en contra de dictamen de la Contraloría General de la República N° 18.196 que le ordenaba fijar condiciones urbanísticas al predio denominado Aguas Andinasex EMOS, ubicado en Pocuro, entre Antonio Varas y la prolongación de Marchant Pereira", señaló la corte.
La resolución agrega que "el Área Verde referida está destinada a la producción y distribución de agua potable, así como a la recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas, pues con tal finalidad se le entregaron los inmuebles a los antecesores en el dominio a la empresa Aguas Andinas S. A., de manera tal que ésta no puede disponer de ellos a su arbitrio, ya que en su explotación está indisolublemente determinada por el carácter de servicio público a la que fueron destinados en su oportunidad".
El tribunal rechazó así el dictamen de la Contraloría General de la República que ordenaba al municipio fijar condiciones urbanísticas al gran pulmón verde.