La Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por habitantes de la comuna de Til Til contra una planta de cerdos por la supuesta contaminación de la faenadora de animales que se emplaza en el sector de La Rucia, localidad de Montenegro.
En fallo dividido, los ministros de la Sala de Verano del máximo tribunal Guillermo Silva, Rosa Egnem, Lamberto Cisternas, Ricardo Blanco y Gloria Ana Chevesich ratificaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó la acción cautelar presentada en contra de la empresa Porkland.
La sentencia del tribunal de alzada determinó que no hubo actuar arbitrario de la empresa y la Comisión Regional del MedioAmbiente (Corema) Metropolitana.
"Los sentenciadores concluyen que ni la Seremi ni la empresa 'Porkland Chile S.A.' recurridas han cometido el acto arbitrario o ilegal que les atribuyen los recurrentes de Protección, y en razón de lo mismo, no se puede concluir que se haya privado, perturbado o amenazado en el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales a la vida, a la integridad física y síquica y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación", indica el dictamen.
REVISA EL DETALLE DEL FALLO:
Foto referencial: Agencia Uno.