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Sargento falleció en una actividad privada

El Estado Mayor Conjunto resolvió que la muerte del funcionario de la Armada "debe considerarse como un acto determinado del servicio".

Jorge Miranda

Jueves 19 de julio de 2012

Esta tarde el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas dio a conocer la resolución del sumario administrativo en torno a la muerte del sargento primero de la Armada, Guillermo Arévalos Flores, en Puerto Príncipe, Haití. El documento señala que el fallecimiento del funcionario "debe considerarse como un acto determinado del servicio".


Su concurrencia a diversos locales en el sector de Petion Ville, Puerto Príncipe, Haití, se trató de una actividad voluntaria, de carácter privado

En tanto en el considerando de la resolución, se sostiene que "su concurrencia a diversos locales en el sector de Petion Ville, Puerto Príncipe, Haití, se trató de una actividad voluntaria, de carácter privado, previamente concertada por el mismo Sargento 1° Arévalo, inicialmente con el Cónsul de Chile en Haití, Diego Rivera López y posteriormente con el Sargento 2° de Carabineros Jorge Oyarzo Poffald".

 

El fallecimiento del Sargento 1° de la Armada de Chile, Guillermo Enrique Arévalo Flores, debe considerarse como un acto determinado del servicio

"Declárese que, el fallecimiento del Sargento 1° de la Armada de Chile, Guillermo Enrique Arévalo Flores, acontecido en el período en que se encontraba en comisión de servicio en Puerto Príncipe, Haití, en conformidad a la ley, debe considerarse como un acto determinado del servicio", indica el documento.

También el texto señala que "en la situación legal antes descrita, les asisten a los asignatarios legales los beneficios previstos para estos casos, en conformidad a lo establecido en los artículos 66 y siguiente de la Ley N°18.948 Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas".

De igual forma se dispone que "se reitere y refuerce, por parte de los respectivos Agregados de Defensa, al personal militar que cumple comisión de servicio en el extranjero, las medidas de control y de seguridad personal existentes en las agregadurías de defensa específica, con el propósito de impedir que los miembros de las Fuerzas Armadas que concurran a estas, especialmente en Haití, se expongan innecesariamente a situaciones como la acontecida"

 

Revisa la resolución completa del Estado Mayor Conjunto