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Senado aprueba la creación de la XVI región de Ñuble

El proyecto, que quedó en condiciones de ser promulgado, contempla además las nuevas provincias de Diguillín, Punilla e Itata.

24Horas.cl TVN

Miércoles 12 de julio de 2017

El Senado aprobó este miércoles el proyecto de Ley que crea la XVI región de Ñuble, con 26 votos a favor y 2  en contra, permitiendo modificar la división política y administrativa del país.

El proyecto, que quedó en condiciones de ser promulgado, contempla además las nuevas provincias de Diguillín, Punilla e Itata.

La aprobación del proyecto fue celebrada también por la Presidenta Michelle Bachelet, quien agradeció a los parlamentarios por su gestión en el Congreso.

La mayoría de los legisladores que intervinieron en la oportunidad catalogaron el despacho como "un día histórico", en el que hicieron uso de la palabra los senadores Lily Pérez San Martín, Víctor Pérez Varela, Rabindranath Quinteros, Iván Moreira, Carolina Goic, Alfonso de Urresti, Hernán Larraín, Felipe Harboe, Francisco Chahuán, Ena Von Baer, Alejandro Navarro y Alejandro Guillier.

Datos del proyecto

En concreto, el proyecto consta de 17 artículos permanentes. El primero de ellos da cuenta de la creación de la XVI región de Ñuble, cuya capital será Chillán. Luego se avanza en la descripción de las comunas que integrarán las provincias de Diguillín, Punilla e Itata.

  • Diguillín comprenderá las comunas de Chillán, Chillán Viejo, Quillón, Bulnes, San Ignacio, El Carmen, Pinto, Pemuco y Yungay. Su capital será la ciudad de Bulnes.

  • Punilla estará integrado por las comunas de San Carlos, Ñiquén, Coihueco, San Fabián y San Nicolás. Su capital será la ciudad de San Carlos.

  • Itata considerará las comunas de Quirihue, Cobquecura, Ninhue, Treguaco, Coelemu, Portezuelo y Ránquil. Su capital será la ciudad de Quirihue.

Asimismo, el proyecto determina que la presente ley entrará en vigencia un año después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al intendente de la región de Ñuble y a los gobernadores de las provincias de Diguillín, de Punilla y de Itata.

Además, prescribe que el mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de vigencia, se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.

En otro orden se acordó que "por el solo ministerio de la ley los pescadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal de la VIII Región del Biobío a la fecha de publicación de la presente ley podrán operar entre el límite norte de la XVI Región y el límite sur de la VIII Región, manteniendo la actual área de operación pesquera. La misma norma se aplicará tratándose de las nuevas inscripciones realizadas por reemplazos o transmisión de los derechos por sucesión por causa de muerte, referidas a inscripciones vigentes a la fecha de publicación de la presente ley, que se efectúen de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura".

 

Fuente: Con información de Senado.cl