Click acá para ir directamente al contenido

Suprema ordena reabrir causa por amenazas a Camila Vallejo

Corte Suprema acogió el recurso de queja presentado en contra del fallo que dictó sobreseimiento definitivo en investigación por el delito de amenazas a la ex dirigente estudiantil.

24horas.cl Tvn

Lunes 22 de abril de 2013

En un fallo unánime los ministros de la Segunda Sala de la Corte Supremaacogieron el recurso presentado en contra de la decisión de la Séptima Sala deltribunal de alzado que ordenó el sobreseimiento en favor de Tatiana AcuñaSallés, ex secretaria ejecutiva del Consejo del Libro, por presuntas amenazascontra Camila Vallejo.

Con ello, se deja sin efecto la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago y se concede un aumento de plazo en la investigación.

Acuña Salles fue identificada como una de las personas que emitiócomentarios ofensivos a través de la red social Twitter en contra dela ex presidenta de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile(Fech).

La resolución determina que la investigación aún se encontraba abierta y condiligencias pendientes cuando se ordenó su sobreseimiento, por lo que la medidano correspondía.

"La investigación en que incide éste se encontraba abierta para larealización de diligencias tendientes, entre otras, a ubicar la cuenta detwitter” de doña Tatiana Acuña y extraer los tweets correspondientes a esedía, conocer sus contactos, seguidores y contexto de la frase a la que se leatribuye el carácter de amenaza; a identificar la cuenta “derecha twittera”para indagar las conexiones de la acusada y otras personas con un actoconvocado por tal vía para “matar a Camila Vallejo”, sostiene el fallo.

Agrega que "las referidas diligencias aparecen como plenamenteconducentes para determinar el real sentido de la frase que se reprocha,“muerta la perra, se acaba la leva”, aspecto fundamental en el delito atribuidoconsiderando los elementos del tipo penal de que se trata (conminación, convisos de seriedad, de un mal constitutivo de delito en los bienes jurídicos queel artículo 296 del Código Penal especifica) de manera que sin ellas, no puedeestimarse agotada la investigación instruida para esclarecer suocurrencia".

Foto: Agencia Uno