La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó de forma unánime las demandas que presentaron comerciantes de la Octava Región contra el Fisco, por la responsabilidad del Estado en los saqueos ocurridos tras el terremoto del 27 de febrero de 2010.
Se trata de nueve comerciantes de Talcahuano y 13 de Lota, cuyos locales resultaron destruidos por actos vandálicos posteriormente ocurrido el sismo del 27F.
Anteriormente, la indemnización solicitada por los locatarios había sido desestimada por el Tercer y Primer Juzgado Civil de Concepción.
El fallo considera que "la determinación de estados de excepción constitucional es una facultad privativa y excluyente del Presidente (a) de la República", y que "no se encuentra sujeta al control de los tribunales de justicia".
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