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Suprema responde a declaración del TC y defiende su sentencia: "La Corte ejerció sus potestades jurisdiccionales"

El máximo tribunal emitió un comunicado público por la pugna que se originó con el organismo luego de acogiera la revisión de sentencias del TC a través de un recurso de protección.

24Horas.cl Tvn

Jueves 10 de octubre de 2019

Continúa la pugna entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional luego de que el pasado lunes la Tercera Sala del máximo tribunal acogiera la revisión de sentencias del TC a través de un recurso de protección. Y es que este jueves dicha sala, presidida por el ministro Sergio Muñoz, emitió un comunicado en el que responde a la declaración pública realizada por el TC, la cual indicaba que no estaba sujeto a la superintendencia de la Suprema.

"Las materias de carácter jurídico tienen espacios propios para ser debatidas adecuadamente y, ante miradas distintas de lo que debe ser la aplicación de la Constitución y la ley, son otros los órganos estatales los competentes para decidir lo pertinente con carácter general, en ningún caso el Tribunal Constitucional y tampoco la Corte Suprema. Estos tribunales están llamados a resolver conflictos particulares entre partes, con objetividad e imparcialidad", señaló el documento.

Además, explicó que "el recurso de protección tiene la naturaleza jurídica de una acción constitucional de amparo de derechos fundamentales, cuyo objeto preciso es determinar si la actuación impugnada vulneró la Constitución y la ley".

"La Corte Suprema, al resolver el caso, ejerció sus potestades jurisdiccionales de carácter constitucional", apuntó.

Respecto al TC señaló que "el Tribunal Constitucional posee autonomía constitucional, sin que pueda otro órgano del Estado inmiscuirse en el ejercicio de sus potestades con motivo de las decisiones referidas a las materias propias de su competencia".

"La autonomía constitucional de referido tribunal no excluye la revisión judicial posterior por medio de la acción constitucional de garantía de derechos fundamentales que la Carta Política contempla, puesto que no ampara aquellas que se han realizado al margen de las atribuciones confiadas por la Constitución o la ley", agregó.

"Los actores han solicitado se ordene que, en lo sucesivo, el Tribunal Constitucional se abstenga de emitir pronunciamientos que determinen la inaplicabilidad del procedimiento de tutela de derechos fundamentales (…) no puede esta Corte señalar al Tribunal Constitucional, órgano autónomo, cómo debe ejercer sus facultades, sin que, por lo demás, deba recordarle que en el ejercicio de aquellas debe respetar la Constitución y la ley", añadió.

"Conforme lo regula el Código Orgánico de Tribunales, para el ejercicio de sus competencias, la Corte Suprema se encuentra dividida en Salas y cada una de ellas representa a toda la Corte", concluyó.