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Suspensión y sumario para juez Urrutia que ordenó liberación inmediata y arresto domiciliario a miembros de “Primera Línea”

Urrutia había ordenado directamente a Gendarmería la “liberación inmediata” de los imputados por desórdenes públicos argumentando que la pandemia causada por el COVID-19 los ponía en un riesgo latente.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 25 de marzo de 2020

El juez Daniel Urrutia dictaminó dejar con arresto domiciliario a miembros de la “Primera Línea”, que estaban cumpliendo con la cautelar prisión preventiva, argumentando riesgo de contagio de COVID-19; sin embargo, esto fue revocado por la Corte, negándose la liberación de los imputados. Este hecho significó que el magistrado fuera suspendido y se iniciará un sumario administrativo en su contra.

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión del juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia, de dejar con arresto domiciliario, en vez de prisión preventiva, a 13 miembros de la denominada “Primera Línea”, que habían sido detenidos por Carabineros en el marco de las protestas sociales.

Urrutia había ordenado directamente a Gendarmería la “liberación inmediata” de los imputados por desórdenes públicos argumentando que la pandemia causada por el COVID-19 los ponía en un riesgo latente.

 

Sin embargo el tribunal de alzada de Santiago realizó un pleno extraordinario esta mañana, a través de viodeollamada, ya que consideraron que el magistrado había actuado fuera de la ley y resolvieron dejar sin efecto la resolución dictaminada por Urrutia; además de abrir un sumario administrativo en su contra y suspenderlo de sus funciones.

“Atendida la gravedad de los hechos  que serán materia  de la investigación y a fin de evitar las consecuencias que esto puede generar, se dispone  como medida preventiva la suspensión de los efectos de la aludida resolución y de cualquiera otras de idéntica naturaleza que hubiere pronunciado el  juez Urrutia”, declara el fallo.

Además “con el objeto de obtener el mejor funcionamiento del lugar de trabajo, se dispone la suspensión de funciones del investigado, en tanto dure la investigación, sin perjuicio de lo que pudiera decidirse en el curso de ésta”, agrega.