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Diputados de Chile Vamos ingresan requerimiento al Tribunal Constitucional por protocolo de objeción de conciencia

Los jefes de bancada de bloque oficialista señalan en el escrito que buscan "proteger la libertad de los cuerpos intermedios respecto del reglamento de Ley de Aborto".

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Lunes 19 de noviembre de 2018

Durante la mañana de este lunes los jefes de bancadas de diputados de Chile Vamos, Javier Macaya (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli) y Leopoldo Pérez (RN), ingresaron un requerimiento con la firma de 66 diputados del bloque oficialista ante el Tribunal Constitucional (TC) que busca impugnar el protocolo de objeción de conciencia en la Ley de Aborto en Tres causales.

En la presentación, Cruz-Coke explicó que "el escrito busca proteger la libertad de los cuerpos intermedios, respecto del reglamento que se ha publicado. Lo que pretende hacer es proteger su autonomía, respecto de las obligaciones que tienen con el Estado por el hecho de tener un convenio. Esperamos que el TC se pronuncie, pues se trata de un principio fundamental, toda vez está en tela de juicio la libertad de asociación y la propia autonomía e independencia que estos cuerpos deben tener".

En tanto, Macaya valoró la unidad de Chile Vamos, con la cantidad de firmas para el requerimiento y enfatizó que la instancia no se trata de un aspecto puramente valórico sobre el aborto. "Se trata sobre algo mucho más importante, que tiene que ver con la sociedad civil como prestadora de servicios públicos. El día de mañana esto podría verse con emprendedores que reciben recursos de Corfo, con una entidad de educación que recibe fondos del Mineduc, etc., pues no por el hecho de estar recibiendo recursos del Estado, éste le puede imponer requisitos que sean contrarios a la Constitución, que es el fondo de este requerimiento, la diferencia de lo público con lo estatal".

En esa línea, Pérez afirmó que el requerimiento "no es en contra de la ley de aborto, sino defender a la ciudadanía y no sólo a los cuerpos intermedios, sino también las prestaciones ginecobstréticas. Hoy tenemos instituciones objetoras de conciencia que en virtud del reglamento, no van a poder realizar prestaciones ginecológicas a miles de mujeres, donde no son sólo abortos, sino un sinnúmero de enfermedades que padecen mujeres, jóvenes, niñas y adultas mayores que deben ser atendidas y el único prestador es un privado, fundaciones sin fines de lucro y de carácter religioso, religiosas, y esas personas se van a ver impedidas de ser atendidas y el Estado no tiene la alternativa para ofrecer la prestación necesaria”.

Los tres parlamentarios recalcaron finalmente que el requerimiento no impugna otros artículos de la ley 21.030 que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, y por tanto, no dificulta en ningún aspecto el ejercicio del derecho de las mujeres de acogerse a esta ley.