Click acá para ir directamente al contenido

Servel revela padrón electoral provisorio: 14 millones de chilenos están habilitados para sufragar

Revisa el detalle de la información revelada por el Servicio Electoral con miras a las elecciones del próximo 19 de noviembre.

24Horas.cl TVN

© Agencia Uno

Martes 25 de julio de 2017

El Servicio Electoral (Servel) determinó el sábado 22 de julio el Padrón Electoral con carácter de provisorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 18.556, sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, con miras a las elecciones del próximo 19 de noviembre.

¿QUIÉNES ESTÁN EN EL PADRÓN?

Dicho padrón contiene una nómina de las personas inscritas en el Registro Electoral que, conforme a los antecedentes conocidos por el Servel hasta el 1 de julio, reúnen a la fecha de las votaciones los requisitos necesarios para ejercer el derecho a sufragio.

Entre los distintos datos que considera, se distingue el país y ciudad extranjera, según sea el caso, y el número de mesa receptora de sufragio en que le corresponde votar a cada elector.

Además, el Servicio elaboró la nómina provisoria de inhabilitados, donde se indica la causal que dio lugar a dicha condición, la cual incluye a las personas inscritas en el Registro Electoral pero que en las próximas elecciones no podrán sufragar.

 

PADRÓN PROVISORIO

El padrón provisorio lo constituyen 14.293.022 electores en Chile y 39.101 en el extranjero, mientras que 235.899 forman parte de la nómina de inhabilitados.

Este último grupo no puede sufragar debido a las tres causales que contempla la Constitución: no haber cumplido la mayoría de edad al día de las elecciones, encontrarse acusado o condenado por delitos que merezcan pena aflictiva o ser interdictos por demencia.

Cabe destacar que, de acuerdo al citado cuerpo legal, solo las personas inhabilitadas podrán conocer la respectiva causal que las inhabilita.

Los datos del padrón electoral provisorio serán sometidos a la revisión de dos empresas de auditorías, "a objeto de entregar una opinión respecto de si se cumple con lo dispuesto en la normativa vigente, de modo que el Servel pueda efectuar las correcciones que estime pertinentes".

Terminada la revisión, dichas empresas elaborarán un informe que deberá ser emitido 80 días antes de la elección y contendrá el detalle de los errores encontrados y las sugerencias sobre cómo pueden ser subsanados.

El padrón electoral y la nómina de inhabilitados con carácter de auditado se publicará el 21 de agosto y, de existir y proceder, incorporará las modificaciones sugeridas por las empresas de auditoría en sus informes, conforme a lo señalado en el artículo 43 de la citada ley.