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Empresas que se acojan a protección de empleo no podrán repartir utilidades

La Cámara aprobó la indicación por 128 votos a favor, 9 en contra y 12 abstenciones, por lo que la iniciativa -que también había sido aprobada en el Senado- se despachó a ley.

Agencia Aton

Miércoles 6 de mayo de 2020

La cámara de Diputados aprobó el informe de la comisión mixta que prohíbe repartir utilidades a las empresas acogidas a la ley de Protección de Empleo.

La moción surgió luego de lo ocurrido con Cencosud, que repartió millonarios dividendos pese a que una de sus sus filiales se acogió a la normativa de emergencia creada ante la crisis de pandemia.



La Cámara aprobó la indicación por 128 votos a favor, 9 en contra y 12 abstenciones, por lo que la iniciativa -que también había sido aprobada en el Senado- se despachó a ley.

El texto establece que "todas aquellas sociedades anónimas que se acojan a la ley de Protección al Empleo no podrán hacer distribución de utilidades".

Además, se introdujo una norma donde "los directores de las sociedades anónimas que se acojan a esta ley no podrán percibir dieta o remuneraciones superiores a los que establece el seguro de cesantía".

En un comienzo, el Ejecutivo propuso una indicación que permitía repartir el mínimo legal de dividendos (30%) si la cantidad de trabajadores con contratos suspendidos representaba menos del 10% de la planilla. Luego, el Gobierno rebajó esa cifra a 5%, pero de todos modos la indicación fue rechazada.