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Vocales de mesa: vea acá si salió elegido

El Servel publica este sábado 13 de octubre el segundo llamado a ciudadanos designados como vocal de mesa o miembro del colegio escrutador. Aquí se puede consultar.

José Morgado

Viernes 5 de octubre de 2012

HAZ CLICK AQUÍ PARA VER SI SALISTE ELEGIDO

Este sábado 13 de octubre el Servicio Electoral (Servel) informa a la ciudadanía la nómina definitiva de vocales mesa e integrantes de los colegios escrutadores que deberán ejercer sus distintas labores cívicas en las elecciones municipales del domingo 28 de octubre.

La consulta puede hacerse en el sitio Municipales2012 de 24Horas.cl, desde donde se accede al módulo del consulta del Servel que solicita RUT y digitar el número verificador -que la misma pantalla muestra- para entregar la información.

*Si estas visualizando esta información desde dispositivo móviles (teléfonos, tablets) y quieres ver si fuiste designado como vocal de mesa, PINCHA AQUÍ.

En este nuevo proceso de llamado de vocales y miembros del colegio escrutador, a diferencia del primero, NO SE PUEDE PRESENTAR NINGUNA EXCUSA para eximirse del cumplimiento de la función.

Si una persona cree tener una razón legal para no asistir el día de los comicios (en el caso de los vocales) o al día siguiente (en el caso de función en los colegios escrutadores), debe guardar el certificado que acredite su situación para presentarlo ante el Juzgado de Policía Local cuando sea requerido.

Las citaciones a los vocales y miembros de los colegios escrutadores que no asistan a cumplir sus funciones el domingo 28 de octubre comenzarán a llegar a sus domicilios aproximadamente un mes después de las elecciones.

Si tienes cualquier duda sobre qué hacen los vocales de mesa o los integrantes de los colegios escrutadores, sólo debes hacer CLICK AQUÍ.

Asimismo, si tienes cualquier otra consulta sobre los alcances de la inscripción automática y voto voluntario sólo debes hacer CLICK AQUÍ.

 

LISTA DEFINITIVA

El pasado  sábado 6 de octubre el Servicio Electoral habilitó en su página web el formulario de consulta para saber si un ciudadano resultó electo para ser vocal de mesa o miembro del colegio escrutador en las elecciones municipales.

>>Las 10 preguntas más frecuentes que ha respondido el Servel

 >> ¡Ojo! Este sábado habrá un segundo llamado a vocales de mesa... Clic AQUÍ

El nuevo listado de vocales de mesa y miembros de los colegios escrutadores se elaboró luego del periodo de tres días hábiles (lunes 8, martes 9 y miércoles 10 de octubre) que la ley establece para presentar excusas tras el primer llamado publicado por el Servel.

Tras ese plazo legal, las excusas fueron estudiadas, aceptadas o rechazadas para conformar la lista definitiva que se da a conocer este sábado 13 de de octubre. Los convocados en este día, como se mencionó anteriormente, NO PUEDEN EXCUSARSE para cumplir las funciones para las que fueron designados.

Las personas que hayan sido designadas vocales de mesa o miembro del colegio escrutador en la nómina de este sábado 13 y no se presenten a cumplir sus funciones el día de la elección, arriesgan multas que van entre los 79 mil hasta 317 mil pesos (de 2 a 8 UTM).

Eso sí, desempeñar la funciones será remunerado por el Estado. Cerca de 15 mil pesos (2/3 de UF) es el monto asignado para los vocales y miembros de los colegios escrutadores.

 

LOS QUE SE EXCUSARON

Según la Ley Orgánica de Votaciones Populares y Escrutinios, quienes fueron designados en el primer llamado del 6 de octubre, presentaron una excusa dentro del plazo legal establecido y ésta les fue aceptada, cumplieron una de las siguientes condiciones:

- Estar ausente del país o radicado en una localidad distante a más de 300 kilómetros del lugar de votación o con la que no haya comunicación expedita.

- Desempeñar en el mismo día y horas de funcionamiento de las mesas receptoras alguna otra función que la misma ley de Votaciones Populares y Escrutinios le encomiende.

- Tener más de 70 años de edad.

- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, lo que requería de un certificado médico para acreditar esta excusa.

Cumplir labores en recintos hospitalarios en los mismos días en que funcionan las mesas receptoras. Esta situación debía acreditarse con un certificado firmado por el director del respectivo establecimiento de salud.

Además, quedaron excluidos de esta responsabilidad los candidatos de los comicios en desarrollo, así como también sus cónyuges y parientes consanguíneos y afines "en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive".

En la misma situación estaban las personas que desempeñen cargos de representación popular y otras autoridades como ministros de Estado y magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia.