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Nuevos criterios para candidatos DC ratifican que diputado Rincón no podrá repostular

"Es condenada la persona a quién un tribunal civil, laboral o de familia, luego de acoger la demanda o denuncia, ordena cumplir una obligación, indemnizar los perjuicios, pagar una multa o realizar alguna otra conducta reparatoria o cautelar", señala el texto del abogado Patricio Zapata.

24Horas.cl TVN

Lunes 7 de agosto de 2017

El Consejo Nacional de la Democracia Cristiana (DC) aprobó este lunes el informe asesor encargado por la presidenta del Partido, senadora Carolina Goic, al abogado constitucionalista y militante de la falange, Patricio Zapata. En el texto se establecen los nuevos criterios objetivos para que candidatos de la tienda postulen a cargos en las próximas elecciones parlamentarias y de Cores.

De acuerdo a los nuevos requisitos, se ratificó que el diputado Ricardo Rincón no podrá repostular en noviembre próximo al cargo por la Región de O'Higgins, dada la denuncia en su contra establecida el año 2002 por su ex pareja, Carolina Hidalgo, quien lo acusó de violencia intrafamiliar. Cabe recordar que en la instancia, el parlamentario recibió una sentencia por parte de un tribunal civil que lo instaba a someterse a un tratamiento psicológico..

El abogado Zapata concluyó que un "estándar ético consistente con decisiones previas del Partido y que desarrolla definiciones recientes del Comité de Ética del Partido", debe fijar que la colectividad "se abstendrá de incluir en sus listas de candidatos a personas que hubieren sido condenadas, en definitiva, por cualquier Tribunal de la República, por conductas gravemente atentatorias al núcleo central de valores exigible en un servidor público democratacristiano".

En ese sentido, la interpretación de Zapata sugiere que "no solo resulta 'condenada' la persona a quien se le aplica una sanción privativa de libertad en sede penal. También es condenada la persona a quién un tribunal civil, laboral o de familia, luego de acoger la demanda o denuncia, ordena cumplir una obligación, indemnizar los perjuicios, pagar una multa o realizar alguna otra conducta reparatoria o cautelar.  Esto, por supuesto, es bien sabido en el mundo del Derecho, pero puede ser bueno reiterarlo".

A modo de ejemplo, el constitucionalista expone que "sin pretender ser exhaustivo, creo que en esta categoría caben, entre otras, las condenas dictadas en definitiva por un tribunal de la República por maltrato infantil, violencia intrafamiliar, acoso sexual, tráfico de drogas o estupefacientes, malversación de recursos públicos, cohecho, prevaricación, prácticas antisindicales, colusión y, en general, violación de los derechos humanos".

A modo de conclusión, Zapata manifiesta que "el estándar propuesto es más exigente, por supuesto, que la regla constitucional vigente, según la cual, recordémoslo, la ciudadanía, requisito para ser candidato, solo se pierde por condena por delito que merezca pena aflictiva".

Revisa el documento completo a continuación.

DECLARACIÓN PDC

Además el Consejo Nacional del PDC entregó una declaración con cinco puntos, entre ellos ratifican los acuerdos tomados en la recién pasada Junta Nacional  en relación con las atribuciones de la Directiva, pacto parlamentario, pacto para CORES y definición de Candidatos.

Junto con eso, confirman su apoyo a la candidatura de Carolina Goic y agradecen el aporte entregado por Patricio Zapata con su informe.