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Piden anular votación sobre el agua como "bien de uso público" por conflicto de interés de cuatro senadores de Chile Vamos

La solicitud del senador independiente Carlos Bianchi apunta contra los parlamentarios Juan Antonio Coloma (UDI), Alejandro García Huidobro (UDI), Manuel José Ossandón (RN) y Juan Enrique Castro (RN). Asegura que "no advirtieron ni expresaron" que "ellos registraban derechos de aprovechamiento de aguas".

24Horas.cl Tvn

Lunes 13 de enero de 2020

El senador independiente, Carlos Bianchi, envió una carta al presidente del Senado, Jaime Quintana, en donde pide que sea declarada nula la votación del pasado 7 de enero respecto al proyecto de reforma constitucional sobre dominio público de las aguas. Esto ya que, según la misiva, cuatro parlamentarios de Chile Vamos que participaron en la instancia "no advirtieron ni expresaron de ninguna forma que todos ellos registraban derechos de aprovechamiento de aguas, ya sea a título personal, a través de sus cónyuges o de sociedades en las que participan".

Se trata de los senadores Juan Antonio Coloma (UDI), Alejandro García Huidobro (UDI), Manuel José Ossandón (RN) y Juan Enrique Castro (RN). En la referida votación, con 24 votos a favor y 12 votos en contra, se rechazó la idea de legislar ya que necesitaba la aprobación de dos tercios, equivalentes a 29 votos para lograr su avance en la tramitación.

Bianchi hizo referencia, por una parte, al artículo 5° B de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, el cual estipula que "los miembros de cada una de las Cámaras no podrán promover ni votar ningún asunto que interese directa o personalmente a ellos o a sus cónyuges, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción. Con todo, podrán participar en el debate advirtiendo previamente el interés que ellas, o las personas mencionadas, tengan en el asunto".

 

El parlamentario por la Región de Magallanes también hizo mención al Reglamento del Senado, el cual replica en su artículo 8° que "no podrán los Senadores promover ni votar ningún asunto que interese directa o personalmente a ellos, sus ascendientes, sus descendientes, su cónyuge, sus colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, ambos inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción. Con todo, podrán participar en el debate advirtiendo previamente el interés que ellos, o las personas mencionadas, tengan en el asunto".

De esta manera, Bianchi concluye que "tanto la Ley Orgánica como el Reglamento, establecen para los senadores una norma que determina la validez de las actuaciones de quienes votan un asunto en una determinada sesión, estableciéndose una norma prohibitiva que impide que ciertos parlamentarios participen en el debate, promoviendo o votando asuntos en que tengan un interés directo o indirecto, así como relacionado con alguna de las personas indicadas en las referidas normas". A este respecto, las normas citadas establecen como condición para intervenir en el debate, que “sólo podrán participar en el debate advirtiendo previamente el interés que ellos, o las personas mencionadas, tengan en el asunto".

 

Como no se cumplieron dichas disposiciones, Bianchi declara en la misiva que "los senadores individualizados no cumplieron con ninguna de las excepciones o autorizaciones establecidas en la norma para intervenir en el debate parlamentario, y. por tanto, regía para ellos la prohibición de promover y votar el asunto. En efecto, no advirtieron previamente el interés suyo o de personas relacionadas en el asunto, interés que tiene un contenido patrimonial, al tratarse de un derecho real susceptible de dominio y de ejercicio de las facultades inherentes a éste, entre ellos, usar, gozar y disponer del mismo".