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Proyecto que endurece sanciones a la colusión pasa a Comisión Mixta

La iniciativa castiga en forma más severa las prácticas desleales de competencia en los mercados.

24Horas.cl TVN

Martes 14 de junio de 2016

Por 107 votos la Cámara de Diputados aprobó gran parte de los cambios introducidos por el Senado al proyecto que fija normas para la defensa de la libre competencia, pero rechazó las modificaciones al artículo 64, relativas a la exclusividad en la acción penal para el Fiscal Nacional Económico.

De esta manera, el texto será analizado en Comisión Mixta donde los representantes de la Cámara serán los diputados Jaime Bellolio (UDI), Fuad Chain (DC), José Manuel Edwards (RN), Maya Fernández (PS) y Daniel Farcas (PPD).

La iniciativa castiga en forma más severa las prácticas desleales de competencia en los mercados, en particular la colusión.

Además, define un nuevo régimen de control de operaciones de concentración o fusiones, la protección de los derechos de los consumidores, establece una nueva facultad de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para estudiar la evolución competitiva de los mercados; y fija sanciones para quienes entorpezcan las investigaciones de la FNE.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS

Las modificaciones introducidas por el Senado, en segundo trámite constitucional, están enfocadas principalmente a las participaciones cruzadas entre competidores y la designación del Presidente del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

También se centran en la búsqueda del aumento del tope máximo de las multas por infracciones anticompetitivas cuando no es posible determinar las ventas ni el beneficio económico obtenido por el infractor, el aumento de multas por dilatar la entrega de información solicitada por la FNE y la determinación de umbrales de ventas a los que está sujeto el deber de notificar a la FNE las operaciones de concentración y la criminalización de la colusión.

OTRAS NORMAS APROBADAS

Se amplió el tipo penal en hipótesis de colusión en licitaciones “públicas” a licitaciones convocadas por órganos públicos y no sólo de la Administración del Estado, y se incluyó a los acuerdos que afecten licitaciones convocadas por empresas privadas prestadoras de servicios públicos.

También se aumentó la pena de inhabilitación de "hasta 5 años" a "7 años y 1 día a 10 años".

Para dotar de mayor certeza a la delación compensada, se condicionó el ejercicio de la acción penal a una sentencia condenatoria firme del TDLC, mientras que los beneficios de exención de responsabilidad penal (primer delator) y de reducción de la pena en un grado (segundo delator) los conferirá el mismo organismo. 

Finalmente, se determinó que en la colusión que involucre a sólo dos competidores, únicamente el primer delator no tendrá pena de cárcel efectiva y se establece el deber explícito de los delatores de colaborar en el proceso penal.

Foto: Agencia Uno