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¿Qué pasa si se aprueba el 10% del Gobierno y el de la oposición?

Ambos proyectos avanzan de manera paralela pudiendo darse el caso de que los dos queden en condiciones de ser ley.

24Horas.cl Tvn

Martes 24 de noviembre de 2020

Gaspar Jenkins, académico de Derecho Constitucional de la Universidad del Desarrollo, explicó a 24 Horas el panorama legislativo que se podría dar en caso de que tanto el proyecto del Gobierno como el de la oposición, que apuntan al retiro de fondos previsionales, avancen en sus respectivos trámites.

Para el experto, en dicha instancia "el Presidente podría ejercer la atribución del veto presidencial respecto a uno de lo dos. Así podría transformar en ley solo uno, el que le parezca mejor".

Asimismo, Jenkins detalló que, en el caso de la instancia impulsada por parlamentarios de oposición, podría sufrir complicaciones en caso de que el Tribunal Constitucional lo declare inconstitucional.

Si esto sucede "no puede convertirse en ley aunque el Congreso lo tramite y vote. Lo más probable es que terminaría archivado", agregó el académico.

Recordar que las diferencias entre ambas instancias incluyen los siguientes puntos:

MONTOS A RETIRAR

  • Proyecto en trámite: permite retirar un mínimo de 35 UF ($1 millón) y un máximo de 150 UF ($4,3 millones), y si alguien tiene una base menor a ello, puede retirar todos sus fondos
  • Proyecto del Gobierno: sacar entre 35 UF ($1 millón) y un tope de 100 UF ($2,8 millones), con la posibilidad de sacar todo si la base reunida es menor

PLAZOS DE ENTREGA

  • Proyecto en trámite: las AFP deberán entregar el dinero en un plazo máximo de 15 días hábiles desde que se hace la petición
  • Proyecto del Gobierno: se paga en dos cuotas, donde la primera es con plazo máximo de 60 días hábiles desde la solicitud, mientras que la segunda es 10 días hábiles después de recibir la primera

¿PARA TODOS?

  • Proyecto en trámite: contempla universalidad, sin importar quién haga la petición
  • Proyecto del Gobierno: no podrán retirar quienes el mes anterior a la solicitud hayan tenido una renta igual o superior a las 100 UF ($2,8 millones aproximadamente)

REINTEGRO OBLIGATORIO Y OPCIONAL

  • Proyecto en trámite: solo se devuelven los dineros en caso de que el cotizante lo quiera
  • Proyecto del Gobierno: obliga la restitución de lo retirado mediante una cotización extra obligatoria