Durante la noche de este jueves, la diputada del Partido Humanista, Pamela Jiles, afirmó a través de Twitter que el proyecto del segundo retiro del 10% podría ser votado en sala el próximo lunes o martes.
Según explicó la parlamentaria, esta logró un acuerdo con el presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados, Diego Paulsen, el cual se habría comprometido a someter dicha iniciativa a los comités, a primera hora de este viernes.
El realizar esta acción, permitiría que el segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones puedan ser votados en sala el próximo lunes o martes.
ATENCIÓN NIETIT@s: Acabo de hablar personalmente con @diegopaulsen, presidente de la Cámara, para solicitarle q ponga en tabla #SegundoRetiro lo antes posible. Él se ha comprometido conmigo a someterlo a Comités a primera hora de mañana para poder votarlo en sala lunes o martes.
— #PamelaJilesDiputada (@PamJiles) November 6, 2020
Comisión de Constitución de la Cámara aprobó el proyecto de segundo retiro del 10%
Este jueves la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó en particular el Proyecto de Ley del segundo retiro del 10% de los Fondos de Pensiones, el cual tendrá carácter universal.
Tras el debate, el subsecretario general de la Presidencia, Juan José Ossa, volvió a reiterar que el gobierno hace reserva de constitucionalidad del contenido del proyecto, el cual será informado a la Sala de la Cámara por el diputado Leonardo Soto.
#AHORA Comisión de Constitución despacha en particular proyecto del segundo retiro del 10%. @24HorasTVN
— Kevin Felgueras (@KevinFelgueras) November 5, 2020
Hubo algunas modificaciones qué paso a detallar en el siguiente hilo: pic.twitter.com/GuTML61AeU
Entre lo aprobado por la comisión se encuentra el carácter de universal, además serán los mismos montos del primer retiro, sin embargo, el pago se hará en una sola cuota.
Con respecto al reintegro de los fondos retirados, éste será voluntario, a través de una cotización voluntaria adicional de 5%. Este reintegro podrá enterarse durante todo el período que sea necesario para restituir el saldo retirado reajustado, sin perjuicio de que se pueda suspender o descontinuar su pago. Además, determina que será la Superintendencia de Pensiones la que establecerá la normativa que regule esta cotización.