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Senado aprueba proyecto que sanciona con cárcel la colusión

De manera unánime, los parlamentarios se mostraron a favor de sancionar penalmente esta práctica. Quienes incurran arriesgan penas que van desde los 3 años y un día a los 10 años de cárcel.

24Horas.cl TVN

Miércoles 1 de junio de 2016

Con 35 votos a favor y de manera unánime, la Sala del Senado aprobó este miércoles el proyecto de Ley de Libre Competencia, el cual sanciona penalmente la colusión.

 

A través de su sitio web, el organismo detalló los alcances y normas que tiene esta iniciativa:

- Toda adquisición por parte de una empresa o de alguna entidad integrante de su grupo empresarial, de participación, directa o indirecta, en más del 10% del capital de una empresa competidora, deberá ser informada a la Fiscalía Nacional Económica a más tardar 60 días después de su perfeccionamiento, pudiendo el Fiscal Nacional Económico instruir investigación respecto de dichos actos con el objeto de comprobar si existe un atentado a la libre competencia.

- Incorpora, entre las funciones del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la de substanciar el procedimiento de revisión especial de operaciones de concentración, cuando éstas hubieren sido prohibidas por el Fiscal Nacional Económico; y la de dictar los autos acordados que sean necesarios para una adecuada administración de justicia de conformidad a la ley.

- Sustituye la aplicación de medidas correctivas frente a atentados a la libre competencia, por la aplicación de multas y otras sanciones penales para castigar estos ilícitos.

- Eleva la colusión a la categoría de delito penal. Quienes incurran en estas prácticas ilícitas, serán sancionados con penas que van desde los 3 años y 1 día a los 10 años de cárcel.

- Fortalece la delación compensada, eximiendo de responsabilidad criminal al que primero hubiere aportado antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica sobre los hechos constitutivos del delito de colusión.

- Sustituye la fijación de las multas, en base a un monto máximo expresado en UTA, por una fórmula de determinación basada en el doble del beneficio económico reportado por la infracción, o hasta por el 30% de las ventas del infractor correspondientes a la línea de productos y/o servicios asociadas a la infracción durante el período por el cual ésta se haya extendido.

- Crea un procedimiento eficiente, transparente, previsible y colaborativo para el análisis de las operaciones de concentración, incorporando herramientas de aplicación y sanciones adecuadas para garantizar la eficacia de este régimen.

- Hace aplicables las acciones y el procedimiento especial para la protección del interés colectivo o difuso, contemplado en la ley del consumidor, a la reclamación de indemnizaciones de perjuicios con motivo de infracciones a la libre competencia.

- Incorpora sanciones para quienes entorpezcan las investigaciones de la Fiscalía Nacional Económica.

CONFORMIDAD TRANSVERSAL

Parlamentarios de distintos sectores políticos como Ricardo Lagos Weber (PPD), Lily Pérez (Amplitud), Alberto Espina y Francisco Chahuán (RN) celebraron la iniciativa aprobada, nacida a raíz de los bullados casos conocidos en las industrias farmacéuticas, del papel tissue y los pollos, entre otras.