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Senado discutirá "control preventivo" y "Ley Monsanto"

Tras el receso legislativo, los senadores revisarán estos dos proyectos, el primero en materia de seguridad y, el segundo, sobre derechos de obtenciones vegetales.

José Morgado

Lunes 3 de marzo de 2014

Tras un receso legislativo en el mes de febrero, el Senado retomará sus actividades este martes 4 de marzo.

Para ese día, los senadores tienen en tabla importantes proyectos, tales como el que regula derechos sobre obtenciones vegetales y deroga la ley N° 19.342 -más conocido como "Ley Monsanto"-, y el que faculta a Carabineros a realizar un "control preventivo de identidad".

A continuación, revisa en 24Horas.cl de qué se tratan ambas iniciativas:

LA POLÉMICA "LEY MONSANTO"

El proyecto de ley que regula derechos sobre obtenciones vegetales -segundo en tabla para el 4 de marzo- fue ingresado al Congreso en enero de 2009, durante el primer Gobierno de Michelle Bachelet.

En su texto original, el Ejecutivo sometía a votación "un proyecto de ley que deroga la actual ley Nº 19.342, actualizando el régimen jurídico que regula los derechos del obtentor de variedades vegetales y el privilegio del agricultor".

 

Todo esto, según el mismo documento firmado por Bachelet y los ministros relacionados a la materia, "a fin de impulsar la investigación y el desarrollo de nuevas variedades vegetales y mejorar la productividad agrícola nacional".

Tras una serie de revisiones en comisiones y distintas urgencias puestas por la administración del Presidente Sebastián Piñera, la "Ley Monsanto" se encuentra actualmente sin urgencia en su segundo trámite constitucional.

En la Cámara de Diputados, en marzo de 2010, a sólo días de la llegada de Piñera a La Moneda, se aprobaron los artículos 11, 35 y 36 del proyecto, tanto en general como en particular, con el voto a favor de 76 diputados.

Las disposiciones aprobadas de manera íntegra fueron:

Artículo 11: "Créase el Comité Calificador de Variedades, en adelante el 'Comité', órgano encargado de conocer y pronunciarse sobre las solicitudes de inscripción de una obtención vegetal en el Registro".

Artículo 35: "Las resoluciones que pronunciare el Comité, que tengan el carácter de sentencia definitiva o interlocutoria, serán apelables ante el Tribunal Arbitral establecido en la ley Nº 19.039, el cual conocerá y sancionará según lo señalado en dicha ley".

Artículo 36: "El recurso de apelación deberá ser interpuesto ante el Conservador del Registro, quien deberá remitirlo, con sus antecedentes, dentro de décimo día, al Tribunal de Propiedad Industrial, el que de oficio o a petición del interesado, podrá solicitar informes sobre la materia al Conservador del Registro y a los peritos que estime pertinente".

En el artículo 1, en tanto, se añadió que "no podrán registrarse variedades de especies vegetales, en cuya tramitación no se haya verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ley".

LAS CRÍTICAS AL PROYECTO

En una declaración pública, 30 organizaciones firmaron su rechazo a la "Ley Monsanto", entre ellas la Asociación de Agricultores Biológico Dinámicos de Chile, la Red de Semillas Libres Chile y Greenpeace Chile

"No estamos de acuerdo con esta ley que da nuevas atribuciones y garantías para que las empresas (obtentores) sigan aumentando sus registros de semillas 'certificadas', 'híbridas' o 'mejoradas' y expandiendo la monopólica industria agroquímica", indicaron.

En la misma línea, advirtieron que "ello constituye una amenaza de apropiación del patrimonio natural y biológico con fines de lucro por parte de empresas transnacionales particulares, gobiernos, institutos o universidades".

"Los nuevos 'derechos de obtentor' contenidos en esta ley liquidan los derechos ancestrales de los campesinos a guardar la semilla, intercambiarla y disponer libremente del producto de su cosecha. De ser aprobada la ley, los obtentores podrán ejercer acciones judiciales contra quienes sean acusados de usar libremente esa semilla. Nos oponemos tajantemente a aquello", sentenciaron.

LA POSTURA DE LA EMPRESA

La empresa Monsanto, a través de un comunicado enviado a 24Horas.cl, descarta cualquier tipo de participación en la creación o en la tramitación del proyecto.

"Queremos aclarar que dicho proyecto de ley no tiene ninguna incidencia particular sobre el negocio ni las operaciones de nuestra empresa en el país, sino que responde a compromisos adquiridos internacionalmente por Chile relacionados con el respeto de la propiedad intelectual en el ámbito agrícola", indicaron.

Asimismo, aseguraron que la iniciativa "tampoco tiene nada que ver con la supuesta introducción de los transgénicos en el país, como también se ha informado de manera interesada".

"De hecho, existen varios países en el mundo, entre ellos Perú, Francia, Alemania, Rusia, Japón, entre otros, que han ratificado UPOV 91 y en el cual o existen moratoria para el ingreso de transgénicos o bien éstos están prohibidos", agregaron.

EL "CONTROL PREVENTIVO"

 

El proyecto de ley que establece el "control preventivo" fue iniciado con un mensaje del Presidente de la República, Sebastián Piñera, y se encuentra en su primer trámite constitucional, cuarto en tabla para el 4 de marzo. 

En el detalle, la iniciativa modifica la ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, para permitir a Carabineros que -en ciertas ocasiones específicas- pueda realizar un "control preventivo de identidad, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento".

Según explicó el propio Piñera, este control podrá llevarse a cabo en ciertos lugares y bajo ciertas circunstancias como cuando las personas  estén cerca de lugares "sensibles para la ciudadanía", como es el caso de hospitales, edificios públicos y plantas de agua potable, entre otros.

En segundo lugar, "cuando las personas se encuentren en situaciones que hacen prever razonablemente la posibilidad que se cometan actos u hechos delictivos que atenten contra la seguridad ciudadana o contra el orden público", agregó.

Quienes se encuentren en dichas circunstancias y lugares, en caso de que las policías lo requieran deberán "identificarse con su carnet de identidad, licencia de conducir o pasaporte. La Policía y los Carabineros tendrán que darles las facilidades para poder identificarse".

Si la persona se niega a identificarse, "podrá ser retenida por un máximo de 8 horas, al cabo de las cuales tendrá que ser dejada en libertad o, dependiendo de las circunstancias, pasada a la Fiscalía".