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Senado vota este domingo Bono de Clase Media y postergación de elecciones

El inicio de la inédita sesión está contemplada para las 10:00 horas para que el lunes vuelva a ser revisada por la Cámara de Diputados y Diputadas.

24Horas.cl Tvn

Domingo 4 de abril de 2021

Este domingo, la Sala del Senado se reunirá en una sesión extraordinaria para revisar y votar el proyecto de postergación de las elecciones de constituyente, alcaldes, concejales y gobernadores del 10 y 11 de abril y del bono Clase Media, junto a otras ayudas sociales impulsadas por el gobierno.

La especial reunión, que se espera que se inicie a las 10:00 horas, se debió a que las comisiones de Constitución y Hacienda, encargadas de analizar y aprobar o rechazar el texto en general y particular, terminaron la segunda discusión sin dar tiempo a que los abogados secretarios escribieran los informes respectivos de lo realizado.

De esta manera, se espera que las iniciativas discutidas sean despachadas durante la misma jornada y que sean revisadas en la Cámara de Diputadas y Diputados durante este lunes.

 

La eventual suspensión de los comicios de representantes a nivel nacional se presentó por parte del Ejecutivo debido a la crítica situación sanitaria que enfrenta el país debido a las cifras de contagios de COVID-19, donde solo en esta semana se han presentado dos días consecutivos con más de ocho mil casos positivos.

De esta manera, la fecha de las elecciones para elegir a los integrantes responsables de la redacción de la nueva Carta Fundamental sería hasta el 15 y 16 de mayo.

BONO CLASE MEDIA

Mientras que la votación sobre las ayudas económicas aprobadas por la Cámara de Diputados y Diputadas, y que serán discutidas este domingo por el Senado, indica que serán beneficiarios del Bono Clase Media las personas naturales entre 18 y 65 años de edad, que cuenten con ingresos superiores al ingreso mínimo mensual y que hayan experimentado una disminución de al menos un 20% en su ingreso mensual, entre los ingresos promedio del período diciembre 2020 – enero 2021 y el período diciembre 2019 – enero 2020.

Los beneficiarios cuyo ingreso promedio del período diciembre 2020 – enero 2021 sea mayor al ingreso mínimo a marzo de 2021 y menor o igual a $408.125, no requerirán acreditar caída de ingresos.

El bono será de un monto decreciente que parte en $500 mil pesos para aquellos que tuvieran rentas de hasta un millón 500 mil pesos en 2019; y llegando a $100.000 para los que tuvieron ingresos en ese periodo sobre un millón 800 mil y hasta 2 millones.

Los beneficiarios cuyo hogar se encuentre integrado por personas con discapacidad, por personas que perciban pensión básica de invalidez, adultos mayores de 65 años o más, o personas menores de 18 años que vivan en el hogar, tendrán derecho al Bono incrementado según el número de personas que causen el beneficio en el hogar, montos que van desde 125 mil pesos a 250 mil pesos como máximo.

 

PRÉSTAMO SOLIDARIO

El Préstamo Solidario consistirá en un monto en dinero mensual que podrá ser solicitado por un máximo de dos veces. Excepcionalmente, quienes no sean beneficiarios del Bono Clase Media tendrán derecho a realizar una solicitud adicional. El monto del préstamo ascenderá como máximo al 100% del resultado positivo de la diferencia entre el ingreso promedio mensual 2019 y 2020, con un tope de $650.000.

El monto total del Préstamo Solidario se devolverá al Fisco a través del Servicio de Tesorerías, en cuatro cuotas anuales. La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30% del mismo. Sin embargo, cada cuota anual no podrá exceder el cinco por ciento de las rentas que forman parte de la declaración anual de Impuesto a la Renta. En caso de que se mantenga un saldo del beneficio por la aplicación de este límite, este será condonado.

Por otra parte, se establece excepcionalmente que los pensionados de vejez e invalidez acogidos a la modalidad de renta vitalicia, cuya pensión sea equivalente a un monto igual o inferior a $408.125, serán beneficiados con un bono de $100 mil pesos.

Igualmente, en materia de préstamo, se aprobó la indicación del Ejecutivo que permitirá a este grupo definido de pensionados por rentas vitalicias, solicitar por un máximo de tres veces el préstamo solidario, el que ascenderá como máximo al monto que el beneficiario reciba mensualmente de pensión.

Respecto a los propietarios de vehículos de transporte remunerado de pasajeros que tengan licencia profesional, inscritos en el Registro Nacional de Servicio Público de Pasajeros y en el Registro Nacional de Transporte Remunerado de Escolares, se estableció que podrán inscribir a un conductor como beneficiario adicional del bono a transportistas que establece la presente propuesta legal.