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Servel incorpora a Marco Enríquez-Ominami al padrón electoral: Podrá ser candidato y sufragar

La medida se da luego de que el actual candidato, fuera excluido en dicho padrón en el marco de las investigaciones por los casos SQM y OAS.

24Horas.cl Tvn

Lunes 23 de agosto de 2021

Durante la noche de este domingo el Servicio Electoral (Servel) informó a través de un comunicado que acatará la sentencia dictaminada por el Tribunal Constitucional,  en donde el fundador del Partido Progresista (PRO), Marco Enríquez-Ominami podrá recuperar sus derechos políticos, esto incluye su incorporación al padrón electoral.

Por ello, ME-O podrá sufragar en las próximas presidenciales de noviembre y continuar con su postulación a la presidencia.

 

La medida se da luego de que el actual candidato, fuera excluido en dicho padrón en el marco de las investigaciones por los casos SQM y OAS.

En el dictamen se establece que" ha resuelto que se acate la sentencia del Tribunal Constitucional ya mencionada y que se incorporen al Padrón Electoral como habilitados para sufragar a las ocho personas afectadas en el proceso penal".

De igual manera agregan que "queremos hacer presente que la Corte de Apelaciones de Santiago el día 19 de agosto de 2021, rechazó por resolución unánime el Recurso de Protección Rol 31.910-2021, interpuesto por don Marco Enríquez-Ominami, estableciendo claramente que el actuar del Servicio Electoral no ha sido ni arbitrario ni ilegal, ni ha vulnerado garantía constitucional alguna del recurrente de los mencionados en el Art. 20 de la Carta Fundamental, al no permitir actos relacionados con una eventual declaración de candidatura para las elecciones primarias, por estar suspendido su derecho a sufragio".

 

Cabe mencionar que el pasado viernes la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por Marco Enríquez-Ominami en contra del Servicio Electoral (Servel), que lo mantenía inhabilitado para ejercer derecho a sufragio y a presentarse a cargos de elección popular.

El recurso había sido desestimado por fallo unánime luego de establecer que el Servel ha actuado apegado a la normativa legal en la materia, en el marco de las investigaciones por los casos SQM y OAS.