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Servicio Electoral publica candidaturas aprobadas y rechazadas para elecciones de abril de 2021

El cargo que presentó mayor cantidad de candidaturas fue el de concejal, en que se declararon más de 14 mil intenciones de las cuales se aprobaron cerca de 12 mil. Hubo varios rechazados por decir que eran independientes cuando estaban afiliados a partidos.

24Horas.cl Tvn

Sábado 23 de enero de 2021

El Servicio Electoral publicó en su página web las resoluciones de aprobación y rechazo de candidaturas a convencionales constituyentes, gobernadores regionales, alcaldes y concejales para las elecciones de abril de 2021.

Convencionales constituyentes

El Servel informó que de 1.463 candidaturas generales declaradas se aceptó 1.191, se rechazó 177 y se declaró inadmisibles 95.

En cuanto a las candidaturas en cupo de Pueblos Indígenas hubo 194 declaradas, de las cuales se aprobaron 182 y se rechazó 12 en total.

Gobernadores regionales, alcaldes y concejales

Para gobernadores regionales hubo 63 candidaturas declaradas, de las cuales se aceptaron 58 y se rechazaron 5.

En el caso de los alcaldes y alcaldesas hubo 1.461 declaraciones y se aprobaron 1.332 de ellas.

Un enorme número de candidaturas hubo para el cargo de concejal a lo largo del país: se declararon 14.764 y se aprobaron 12.687.

Puedes hacer click en este link para ver todas las resoluciones del Servel

Algunos de los "rechazados"

Entre las razones que esbozó el organismo para impedir el avance de las candidaturas está el no haber hecho correctamente la declaración de intereses y patrimonio o no haber suscrito la declaración jurada ante un notario. Una situación que afectó a varios postulantes fue el declararse independiente a pesar de estar registrado como afiliado a algún partido político.

Además, hay casos en que al rechazar candidaturas se modificó y la paridad de género de algunas listas, lo que inhabilita a todos sus integrantes a menos de que puedan restaurar el equilibrio entre hombres y mujeres en sus postulaciones.

Entre los rechazados se cuentan las listas ligadas a la organización Felices y Forrados.

PROTOCOLO PARA APELAR DECISIÓN DEL SERVEL

Dependiendo del tipo de candidatura varía la forma en que se debe utilizar el "derecho a reclamo".

Los candidatos a convencionales constituyentes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la resolución de aceptación o rechazo de candidaturas, reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Este Tribunal fallará en el término de diez días contado desde la interposición del reclamo y su resolución se notificará al Director del Servicio Electoral y a los interesados por carta certificada.

En el caso de candidatos a gobernadores regionales, alcaldes y concejales los partidos políticos y candidatos independientes  podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la referida resolución, reclamar de ella ante el Tribunal Electoral Regional (TER) el que deberá pronunciarse dentro del quinto día.