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Tercer 10%: Los 8 puntos claves del proyecto anunciado por Pamela Jiles

"No queda otra opción", dijo el jefe de gabinete de la diputada, aseverando que "estamos en una crisis económica brutal".

24Horas.cl Tvn

Martes 15 de diciembre de 2020

La diputada Pamela Jiles anunció este martes un nuevo proyecto de ley que permitiría un tercer retiro del 10% de los fondos previsionales.

Según indicó Pablo Maltés, jefe de gabinete de la parlamentaria, la idea es que el proceso tenga las mismas características que la reforma constitucional promovida por Jiles, y la cual fue llevada al Tribunal Constitucional por parte del Presidente Piñera.

 

Maltés explicó que la instancia tendría, en términos generales, montos mínimos y máximos similares a los dos anteriores (entre 35 UF y 150 UF), de carácter universal, sin pago de impuestos y con el retiro forzoso para deudores de pensión alimenticia.

"Esto es lo básico, es como la reforma que fue ingresada por la diputada Jiles y que ahora está en el TC", señaló.

Asimismo, destacó que "estamos en una crisis económica brutal", donde "la evidencia está a la vista: ni el Presidente ni el Gobierno reaccionan. No queda otra alternativa".

Subrayó que el Congreso Nacional "tiene el deber de ejercer sus funciones", argumentando que "sería raro que no hubiese apoyo transversal para un problema que se nos viene. Para enero está anunciado un problema crítico por la pandemia".

"No queda otra solución", afirmó Maltés, sentenciando que la carencia de ayudas del Ejecutivo obliga dicho proceso por tercera vez, "pues lo único claro es que el Presidente envió la reforma al TC para presentar un proyecto distinto".

LAS CLAVES DEL PROYECTO

Similar a la reforma constitucional que propició el segundo retiro, la idea de Jiles -y que cuenta con el apoyo del diputado Félix González- contiene los siguientes aspectos generales:

  • Monto mínimo de 35 UF ($1.000.000) y un máximo de 150 UF ($4.300.000)
  • Si la persona tiene fondos acumulados inferiores al mínimo, podrá retirar todo lo acumulado
  • El retiro no incluirá el pago de impuestos
  • Se mantiene el retiro forzoso para deudores de pensiones de alimentos
  • Podrán solicitarse hasta 365 días después de que se promulgue la ley
  • La solicitud se podrá efectuar por medio digital, telefónico y presencial
  • Se considerará afiliado al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, a toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquéllas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia.
  • Los pagos deberán efectuarse en un plazo máximo de 15 días hábiles posterior a la solicitud