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Rechazan recurso de amparo en favor de soldado que se negó a participar del Estado de Emergencia

La I División de Ejército informó que la detención fue dispuesta por la autoridad competente y en apego a las leyes y reglamentos vigentes.

24Horas.cl Tvn

Sábado 26 de octubre de 2019

Mediante un comunicado la I División del Ejército informó que la Corte Marcial decidió rechazar el recurso de amparo interpuesto en favor del soldado que se negó a viajar a Santiago para cumplir con las labores propias del Estado de Emergencia.

Según explica el Ejército, los hechos ocurrieron durante la madrugada del día 20 de octubre cuando producto de los hechos ocurrido en Santiago y que el Presidente decidiera decretar Estado de Emergencia, la institución "dispuso conformar, con personal de la I División de Ejército, entre otras, Unidades Fundamentales de Emergencia (UFEs) para ir en apoyo de los vecinos de Santiago".

 

Para conformar las tropas que viajarían a Santiago en apoyo "se consultó, al personal de la 3ra Brigada Acorazada 'La Concepción'; quién, de manera voluntaria, estaba dispuesto a acudir a prestar apoyo a los habitantes de esa región. Conformando con personal voluntario, dos UFEs las que viajarían en un vuelo FACH a la ciudad de Santiago durante la madrugada de ese día".

Sin embargo y, según el comunicado, aún luego de que el General de Brigada Comandante en Jefe de la I División de Ejército, Rodrigo Valdivia de Concha le consultara "al personal, si existía en las unidades que se trasladarían a Santiago, alguien que por algún motivo, ya sea de salud, familiar y/o personal, no quisiera ir a cumplir la tarea encomendada", nadie habría presentado "reparos u oposición al cumplimiento de la tarea del personal".

Fue luego de eso que "el Soldado de Tropa Profesional (SLTP) David Veloso C., quien se había ofrecido voluntario para acudir a la emergencia, y encontrándose con su equipamiento listo para embarcar junto a su unidad con destino a la ciudad de Santiago, manifiesta negarse a cumplir la orden", por lo que el Comandante de la brigada informó a la a la Fiscalía Militar de Antofagasta, quien procedió a la detención "dentro del plazo legal, dictando el auto de procesamiento por el delito de Desobediencia Propia, en grado de consumado, hecho que está penado en el artículo 337 N° 3 del Código de Justicia Militar, el que manifiesta 'El militar que se negare abiertamente a cumplir una orden del servicio que le fuere impartida por un superior, será castigado".

Es por esto que ante la interposición de un recurso de amparo por parte del abogado de David Veloso, de 21 años, la Corte Marcial determinó rechazar el recurso, ya que "la privación de libertad, ha sido dispuesta por la autoridad competente y en el uso de sus facultades".

"La I División de Ejército expresa su más estricto apego a las leyes y reglamentos vigentes, el cual es válido y exigible para todos y cada uno de sus integrantes, particularmente ante los sucesos que se están viviendo en el país", concluye.