La Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la sentencia que condenó al Hospital Provincial del Huasco al pago de una indemnización de $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos), por la falta de servicio a una paciente con síndrome hipertensivo del embarazo, sufriendo la muerte de su hija en gestación.
En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Antonio Ulloa y Aída Osses, y el abogado (i) Óscar Iriarte– ratificó la sentencia impugnada, tras descarta infracción legal en la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras de Vallenar, que ordenó el pago indemnizatorio por concepto de daño moral.
La resolución ratificada agrega que: "(…) de haberse entregado en forma oportuna los resultados de los exámenes prescritos por el facultativo de turno, se hubiere otorgado a la demandante un diagnóstico correcto, evitándose el resultado final dañoso como lo fue la muerte de su hija en su vientre materno".
Por tanto, concluye: "Que se acoge, sin costas, la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta a fojas 7 por doña Paola Isabel Bravo Rivera en contra del Hospital Provincial del Huasco Monseñor Fernando Ariztía Ruiz, condenándose a la parte demandada a pagar a la actora la suma de $150.000.000 por concepto de daño moral, suma que deberá pagarse con intereses corrientes y reajustada conforme a la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor desde la fecha de dictación de esta sentencia y hasta pago su efectivo".