La Corte de Apelaciones de Punta Arenas falló a favor de Karen Vidal Miranda, bombera de la 3° Compañía Alemana de Punta Arenas y miembro de la Comisión de Género de la institución, luego de que fuera sancionada por Bomberos al plantear que existía sexismo dentro del organismo.
El hecho se dio luego de que la comisionada hiciera dos intervenciones en donde expone que existe sexismo dentro de la institución, por lo que fue derivada al Consejo Superior de Disciplina donde de manera unánime decidieron sancionarla por transgredir "el deber de obediencia y el respeto al uniforme y a los oficiales", supendiéndola durante 90 días.
El caso
Todo inicia el 22 de marzo de 2019 cuando fue creada la Comisión de Género de Bomberos de Chile, según consigna el diario La Segunda. Siete de sus integrantes, incluida Karen, viajaron a Costa Rica para capacitarse en un congreso sobre "empoderamiento de la mujer en sistemas patriarcales", con el objetivo de crear y establecer un protocolo para evitar la violencia de género dentro de Bomberos.
El 5 de abril Karen fue invitada a una reunión sobre la reforma reglamentaria, en ella, el vicesuperintendente Jorge Otaiza "acotó que en ese cuerpo de Bomberos no existe ese tipo de problemas (de género), a lo que ella textualmente contestó: "No crea, vice, si tenemos un caso de abuso de poder por parte de un bombero", según consigna el fallo de la Corte. Ante lo que se le demandó tener pruebas de sus dichos y realizar la denuncia respectiva.
El 15 de mayo fue convocada a otra asamblea, en la 6° Compañía, para exponer sobre lo que había aprendido en Costa Rica. En ella Karen planteó que aún existen cuarteles que no aceptan mujeres en sus filas, "en ese momento un bombero la increpó y la instó a que dijera qué compañía era la aludida", declara el recuso de protección que ella impuso.
Fue luego de estas dos intervenciones que la enviaron al Consejo Superior de Disciplina y por unanimidad consideraron que transgredió "el deber de obediencia y el respeto al uniforme y a los oficiales". Además, según establece la defensa de Bomberos, su actuar "perjudica considerablemente la estructura de orden y respeto, destruyendo la línea de funcionamiento y trabajo", y, como indica La Segunda, reclaman que con sus dichos "instala en la institución una duda que afecta directamente la confianza, respeto y seguridad en la ética, honor y actuar de todos y cada uno de los bomberos".
El fallo
El fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas fue aprobado por unanimidad y respaldado por la Corte Suprema. Durante el proceso. Karen fue sometida a jueces que no quisieron escuchar a sus testigos ni le notificaron de la última audiencia, incumpliendo su derecho a la defensa. Tampoco le dieron posibilidad de apelar internamente a la sanción que había recibido por parte de Bomberos.
El documento esclarece que fallaron "miembros que estuvieron dispuestos a juzgarla sin haberla oído" y también hace énfasis en que "tampoco aparece en la argumentación (de la defensa de Bomberos) a quién de sus superiores o compañeros, supuestamente, faltó a la consideración debida".
"Simples comentarios, vertidos en el ejercicio de su función de comisionada, sobre faltas disciplinarias que no permiten configurar desobediencia a sus jefes ni falta de respeto al uniforme y a los oficiales ni falta a la debida consideración entre bomberos", recita el fallo. "También han infringido la garantía constitucional del debido proceso", agrega.
"Los incesantes cuestionamientos a la Sra. Vidal deben haber causado afectación a su derecho a la integridad física y síquica porque se la persiguió y desprestigió en su condición de mujer bombera", declara.
"Bomberos sintió amenazada la autonomía del mando (...) Se le pretende silenciar e inhibir en su cometido de género, lo que constituye injerencia indebida en su derecho a opinión e informar, sin censura previa, los fundamentos de su misión".
Finalmente se ordenó a Bomberos borrar la falta del expediente de la funcionaria.