La Corte de Apelaciones de Concepción acogió de forma parcial la orden de no innovar que se solicitó, respecto a la no utilización de elementos disuasivos por parte de Carabineros en marchas pacíficas.
De acuerdo al documento, "las autoridades recurridas deberán... abstenerse de utilizar armas letales, como también balines, respecto de las personas que participan pacíficamente en marchas o manifestaciones públicas, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento disuasivo que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten".
Corte de Concepción ordena a Carabineros abstenerse de usar balines de goma y restringir bombas lacrimógenas en protestas pacíficas. pic.twitter.com/PNm09DjZT8
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) November 14, 2019
En ese sentido,Gonzalo Rojas, ministro (s) de la Corte de Apelaciones de Concepción, precisó que este tipo de armas sólo podrán ser utilizadas en situaciones violentas o cuando se ataque a la fuerza policial.
Además, agregó que se ofició a la Superintendencia de Medio Ambiente para que informe en un plazo máximo de ocho días, "cuál es el efecto perjudicial a mediano, corto y largo plazo" de los gases lacrimógenos para el medio ambiente. Esto debido al "derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación".