La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, en el que se solicitaba prohibir el uso de disuasivos químicos en la jurisdicción de la Octava zona de Carabineros.
Debido a lo anterior, queda prohibida la utilización de gases lacrimógenos y químicos disueltos en el agua del lanza aguas en la zona antes mencionada.
La decisión fue adoptada luego de que dos personas alcanzadas por el chorro del guanaco terminarán con quemaduras en la piel.
La Corte de Apelaciones de Concepción prohibió a Carabineros el uso de disuasivos químicos, debido a quemaduras que sufrieron dos manifestantes tras ser alcanzados por el lanzaaguas. Esto, en virtud de un amparo presentado por el INDH. @24HorasTVN pic.twitter.com/twqQaHBrS9
— TVN Red Biobío (@tvnredbiobio) December 13, 2019