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8 años de cárcel: conductor que provocó muerte en estado de ebriedad es condenado

Identificado como R.F.A.A de 22 años, fue encontrado culpable por los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, lesiones graves gravísimas, menos graves, leves, daños y por el delito de huir del lugar, en La Serena.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de julio de 2019

El Tribunal Oral en lo Penal de La Serena condenó a  R.F.A.A .de 22 años, a ocho años de cárcel luego de ser culpable por los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, lesiones graves gravísimas, menos graves, leves, daños y por el delito de huir del lugar, esto luego de protagonizar un accidente el 29 de octubre 2017.

Claudio Weishaupt, juez de dicha entidad, confirmó que el acusado deberá cumplir una sentencia de cinco y tres años por todas las acusaciones por las que fue condenad. Señaló además que "ambas penas deberán ser cumplidas de manera efectiva".

Dicha autoridad condenó al hombre sin ningún tipo de beneficios, agregado que este último se mantuvo en arresto domiciliario como medida cautelar.

Producido en octubre del 2017, el hecho con resultado fatales ocurrió  a las 05:32 horas en la Ruta 5 Norte a la altura de kilómetro 469 cuando el imputado se encontraba conduciendo un vehículo con dirección sur en estado de ebriedad, marcando una alcoholemia de 1,43 gramos de alcohol en la sangre.

Esto provocó una colisión por alcance a otro auto, produciendo el fallecimiento de la conductora, y lesionando de manera grave a sus dos acompañantes.

Asimismo, los ocupantes del vehículo que conducía el individuo de 22 años, resultaron con heridas menos graves y leves.

Una vez ocurrido el incidente, el aludido descendió de su auto y procedió a darse a la fuga sin prestar ayuda ni a sus acompañantes ni a los ocupantes del vehículo impactado.

Fabiola Celis, fiscal del caso, explicó que la investigación por parte de la SIAT junto a la alcoholemia del responsable "fueron pruebas importantes para el juicio oral".

Por su parte, la persecutora subrayó que el peritaje de la institución  “sirvió para determinar la velocidad en que circulaba el imputado, la cual no fue inferior a 120 kilómetros por hora, cálculo obtenido por los peritos en base a las huellas de frenado en el lugar".